En Chubut, la Legislatura aprobó una reforma clave al Código Procesal Penal que establece el desalojo inmediato de inmuebles usurpados, permitiendo su restitución a los propietarios sin necesidad de esperar la resolución final de la causa penal. 

La medida busca agilizar los procesos judiciales en casos de ocupaciones ilegales y garantizar una respuesta rápida a quienes vieron vulnerado su derecho a la propiedad. "Lo que hace esta Ley es garantizar que, en casos de usurpaciones, el legítimo dueño no deba esperar años para recuperar lo que le pertenece. La Justicia tiene que estar al servicio de las víctimas y protegerlas", afirmó el gobernador Ignacio Torres, principal impulsor del proyecto.

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En la votación, la iniciativa recibió un amplio respaldo de los legisladores, aunque hubo dos votos en contra. Los diputados Tatiana Goic, representante del peronismo y del gremio de Camioneros, y Santiago Vasconcelos, del Frente de Izquierda, se opusieron argumentando que la nueva normativa podría ser utilizada en perjuicio de los pueblos originarios.

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La norma incorpora el artículo 238 bis a la Ley XV N° 9, que habilita al juez a disponer el desalojo de los usurpadores y la devolución del inmueble a quien acredite ser el legítimo dueño. Este pedido podrá realizarlo el fiscal, el querellante o incluso la propia víctima, aunque no se haya constituido como parte querellante, consignó Clarín. 

"A los fines de tener por configurada la verosimilitud se tendrán especialmente en cuenta las siguientes situaciones: a) La acreditación documentada por parte de la víctima de su derecho de propiedad o de la legítima posesión o tenencia sobre el inmueble usurpado; b) la falta de acreditación de título para justificar el derecho real de dominio, la posesión o la tenencia por parte del ocupante sobre el cual recaiga la imputación penal será considerado un supuesto especifico de verosimilitud del derecho invocado por la víctima".

Además, el juez podrá fijar una "contracautela en aquellos casos en los que por sus circunstancias lo considere necesario". "Antes, las víctimas de una usurpación tenían que esperar al desenlace de un proceso penal larguísimo para recuperar sus bienes. Ahora, podrán solicitar el desalojo inmediato si acreditan la verosimilitud de su propiedad", explicó el vicegobernador Gustavo Menna.  

Enfatizó que la norma busca agilizar los tiempos judiciales y brindar una respuesta concreta a los damnificados. "La idea es que quien sufre una usurpación no tenga que padecer dos veces: primero al perder su propiedad y luego al enfrentarse a una espera interminable para recuperarla", finalizó.