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Probablemente existen protocolos de debida prudencia pero, según entiendo, esta mujer nunca fue de modo formal, primera dama de la Nación, pues nunca formalizó su relación con el, en ese entonces, Presidente de la Nación. Si estoy en lo cierto, el Estado no tiene ningún deber de protección hacia ella. Quizás sí lo tendría hacia su hijo, en caso de que su supuesto progenitor lo haya reconocido formalmente como tal, dada su calidad, a ese momento, de Presidente de la Nación.
No veo por qué el difunto tiene semejante "coronita", siendo una víctima más, y como cualquier otra, del consumo voluntario y excesivo de drogas. Desde cuándo el que vende es culpable de la muerte del comprador, o del delito en el que este incurra a consecuencia de esa compra?
Últimos comentarios
Probablemente existen protocolos de debida prudencia pero, según entiendo, esta mujer nunca fue de modo formal, primera dama de la Nación, pues nunca formalizó su relación con el, en ese entonces, Presidente de la Nación. Si estoy en lo cierto, el Estado no tiene ningún deber de protección hacia ella. Quizás sí lo tendría hacia su hijo, en caso de que su supuesto progenitor lo haya reconocido formalmente como tal, dada su calidad, a ese momento, de Presidente de la Nación.
No veo por qué el difunto tiene semejante "coronita", siendo una víctima más, y como cualquier otra, del consumo voluntario y excesivo de drogas. Desde cuándo el que vende es culpable de la muerte del comprador, o del delito en el que este incurra a consecuencia de esa compra?