La disputa judicial por la “banca 19” de la Capital en la Legislatura sumó un nuevo capítulo, con las respuestas de la Provincia y de la Junta Electoral Provincial (JEP) a la demanda del candidato a legislador Enrique Pedicone (Compromiso con el Pueblo-Juntos por el Cambio).
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo recibió los informes de rigor efectuados por la Fiscalía de Estado del Poder Ejecutivo (PE) y por la JEP, en el marco de la acción de amparo interpuesta por el dirigente alfarista a los fines de cuestionar el escrutinio definitivo que derivó en la proclamación como legislador electo del postulante oficialista Hugo Ledesma (Activar-FdT).
A través de este proceso judicial, Pedicone pretende que se declare la nulidad de la mesa 1.328, cuyo conteo se llevó adelante en el box 5 de la sede de la Junta. Según argumentó el ex magistrado, el acta de escrutinio correspondiente a esa urna fue “adulterada y vandalizada” por una funcionaria del órgano de control, quien “realizó tachones, raspaduras, sustituciones y reasignaciones de votos y cifras de manera obscena, con el fin de hacer cuadrar los números a favor del partido Activar”.
“Todos los fiscales de mesa, de los diferentes partidos, incluso de Activar, tenían 10 votos (para Ledesma), y para nuestro partido, también 10 votos”, indicó Pedicone en la demanda. Y aseguró que, “de pronto, aparece una nueva acta de escrutinio, presentada por la presidenta de ese box 5, que transforma la cantidad de 10 sufragios de la lista Activar en 18 votos”.
"A la vista de todos"
La Justicia ya ordenó el resguardo de la urna de la mesa 1.328. Mientras tanto, se evalúan los argumentos de las partes respecto a la demanda interpuesta por Pedicone.
En su informe de rigor, la Junta Electoral refutó los argumentos del dirigente alfarista, y alegó que las “subsanaciones” efectuadas por la funcionaria del box 5 “fueron realizadas a la vista de todos los fiscales y apoderados partidarios, los cuales en su mayoría rubricaron y consintieron la citada Acta de Escrutinio”.
Además, el órgano de control de los comicios rechazó que las anotaciones formen parte de una irregularidad. “Contrariamente a lo expresado (en la demanda), las correcciones con lapicera de color rojo al acta de escrutinio (constituyen) una práctica normal en el procedimiento del escrutinio definitivo”, destacó la JEP. En este punto, adjuntó distintos documentos en los que se observan tachaduras en planillas de diferentes mesas.
En otro párrafo, el organismo integrado por Daniel Leiva, Edmundo Jiménez y Washington Navarro Dávila objetó las expresiones formuladas por Pedicone en la acción de amparo. “Entendemos que las manifestaciones del amparista en relación a que el Acta de Escrutinio ha sido ‘adulterada y vandalizada’ de forma ‘obscena’ por las autoridades de la Junta resultan una calificación completamente falaz y malintencionada”, indicó la entidad, a través del escrito rubricado por el secretario electoral, Darío Almaraz.
En esa línea, la JEP consideró que “tales expresiones intentan convencer a los magistrados y confundir a la opinión pública, al presentar las correcciones de la Actas de Escrutinio que son de práctica común en la tarea del presidente de una mesa escrutada como hechos atípicos, fraudulentos, ilegales y pasibles de sanciones penales”.
Y agregó que “el propio apoderado del partido Compromiso por el Pueblo consideró completamente válida la rectificación del Acta de Escrutinio”, ya que “en ningún momento consideró relevante denunciar la ‘alteración’ o ‘vandalización’ de la documentación electoral”. “En conclusión, no fueron asignados votos a ningún partido político, en sentido abiertamente opuesto a lo predicado (por Pedicone)”, enfatizó la JEP.
Argumentos de la Provincia
La Provincia, a través del abogado de la Fiscalía de Estado, Aldo Cerutti, también elevó un informe contrario a los argumentos de Pedicone.
“El demandante, a título personal y en su carácter de candidato oficializado del partido político (Compromiso con el Pueblo), intenta injustificadamente sortear el consentimiento de la legitimidad de la Mesa 1.328 que manifestaron en su oportunidad los apoderados de la entidad política que lo postuló”, indicó el letrado en un escrito de 19 páginas.
Y destacó que “los guarismos referidos al número de votantes” respecto a la lista “Activar”, liderada por Ledesma, “son coincidentes tanto en el Acta de Escrutinio, el Certificado de Escrutinio como el Telegrama del escrutinio provisorio”, con "18 votos escrutados" para el dirigente bancario.
A su vez, Cerutti añadió que la funcionaria de la JEP a cargo del box 5 “actuó de acuerdo con las reglas que imperan para el escrutinio definitivo en el Código Nacional Electoral”. Por ello, advirtió, se “corrigieron las operaciones aritméticas de los resultados finales consignados en el acta, a la vista de todos los fiscales partidarios y sin modificación alguna respecto de los votos válidos positivos consignados a cada fuerza política en el acta objeto de escrutinio”.
Claves de la polémica
1) El escrutinio definitivo de la Capital se cerró con 10.725 votos a favor de Ledesma (Activar-FdT), por lo que fue proclamado como legislador electo en la "banca 19".
2) El conteo final consignó 10.719 a favor de Pedicone (Compromiso con el Pueblo-JxC), es decir, seis votos menos que Ledesma.
3) Según el candidato alfarista, en el escrutinio definitivo de la última urna se cometieron irregularidades, por lo que recurrió a la vía judicial para pedir que se declare la nulidad de la mesa 1.328.
4) El caso es analizado por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que ordenó el resguardo de la urna en cuestión.
5) Tanto la Provincia como la Junta Electoral negaron que se hayan perpetrado las anomalías denunciadas por Pedicone.