El ex presidente de la Nación, Mauricio Macri, condenó esta martes los hechos de violencia que se produjeron en Jujuy durante las protestas por la reforma de la Constitución provincial y comparó los incidentes con los de la reforma previsional de 2017 llevada adelante por su Gobierno.
A través de su cuenta de Twitter, el dirigente del PRO afirmó: "Es inevitable ver las imágenes de Jujuy y no recordar lo que vivimos en 2017 cuando nos apedrearon el Congreso. Todo mi repudio y condena a la violencia: el orden era entonces y es hoy fundamental".
"Sin ley no hay progreso. Sin progreso solo hay más pobreza y cada vez menos futuro", agregó.
Polémica por la reforma Constitucional en Jujuy
La Constitución de Jujuy -que se juró este martes por la mañana- genera controversias en puntos como la propiedad privada, los derechos de las comunidades indígenas, la prohibición de los cortes de calles y el manejo de recursos naturales y tierras fiscales. El gobernador Gerardo Morales dio de baja dos artículos, el 50 y el 36, que volvieron a su redacción original, la de 1986.
El artículo 36 se refiere al “Derecho a la propiedad privada”. La nueva Constitución añade incisos al texto anterior y elimina algunos preceptos. La modificación aprobada quita del texto el párrafo que establecía que el derecho a la propiedad privada “no podrá ser efectuado en oposición a la función social o en detrimento de la salud, seguridad, libertad o dignidad humanas”.
Y agrega condiciones, como la que indica que “las leyes procesales de la Provincia deben incorporar mecanismos y vías rápidas y expeditivas que protejan la propiedad privada y restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular”. También, añade que “será considerada grave violación al derecho de propiedad la ocupación no consentida por parte de una o varias personas que impida al titular de la propiedad ejercer los derechos que le asisten según esta Constitución y la ley”.
Otro de los agregados que plantea la reforma en el apartado del derecho a la propiedad privad es el que puntualiza que “una ley especial determinará las condiciones para el desalojo, y para que el o los titulares del derecho afectado estén en condiciones de ejercer de manera inmediata sus derechos, aun cuando los autores de la ocupación no consentida se atribuyan la representación o los derechos del pueblo”.
El artículo 50, el otro que Morales dio de baja, es el que se enfoca en los “derechos y garantías de las comunidades de los pueblos indígenas”. El gobernador resaltó el inciso 3 de ese artículo como el que genera mayores resistencias en las comunidades indígenas. “El Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano”, se lee en ese párrafo del nuevo texto constitucional.