El Gobierno nacional oficializó este miércoles la venta libre de medicamentos que contengan Levonorgestrel 1.5 mg utilizado como método anticonceptivo hormonal en la "píldora del día después" y actualizó el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo (IVE/ILE).
A través de las Resoluciones 1062 y 1063 firmadas por la titular del Ministerio de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, se dejó sin efecto las barreras de acceso a los compuestos para así facilitar la disponibilidad a la Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE), que desde ahora será posible adquirirla en las farmacias sin necesidad de contar con una receta.
"Se trata de una estrategia avalada por las sociedades científicas de alcance internacional y recomendada por la OMS", comunicó el ministerio.
La AHE constituye un respaldo de urgencia y seguro con más del 90 por ciento de efectividad si se toma durante las primeras 12 horas luego de una relación sexual sin protección, o si falló el anticonceptivo o se usó de modo inadecuado, si se salió o rompió el preservativo, o luego de una relación sexual forzada. "Aunque disminuye su efectividad, también se puede tomar hasta cinco días después de la relación sexual sin protección", amplió Salud.
Mitos y verdades sobre "la pastilla del día después"Además, la cartera nacional incorporó modificaciones en el protocolo del IVE, con especial énfasis en cuatro cambios significativos y en relación a las recomendaciones de la OMS.
En primer lugar, las directrices son enfáticas en recomendar que se elimine la criminalización del aborto y se aborde en todos los casos desde una política sanitaria. A la vez, también se insta a que los países desistan de criminalizar efectivamente a las personas que interrumpen o ayudan a interrumpir un embarazo;
También se reconoce que tanto obstétricas como personal médico de todas las especialidades pueden participar en el proceso de acceso a abortos seguros si tienen el entrenamiento adecuado,
Por último, y en relación con los criterios de atención, se recomienda eliminar todos los requisitos que no resulten clínicamente necesarios para la seguridad de la práctica del aborto. Puntualmente se convoca a eliminar: periodos de espera o reflexión, consentimiento de padres, cónyuges o representantes legales (incluso en el caso de adolescentes y personas con discapacidad), autorizaciones administrativas por comités de ética, o recetas con requerimientos excepcionales, entre otras.