El Banco Central (BCRA) anunció una suba de 10 puntos porcentuales en las tasas de interés, lo que provoca que el rendimiento de los plazos fijos a 30 suba de 81% a 91% para colocaciones hasta 30 millones de pesos. Así, el rendimiento mensual pasará del 6,6% a 7,47%.

La finalidad de la medida es ser un incentivo para los ahorristas de la moneda local. "Simultáneamente y en pos de impulsar el ahorro en pesos, se elevó la tasa de interés mínima garantizada y se triplicó el monto imponible sobre los plazos fijos de personas humanas, estableciendo el nuevo piso en 91 por ciento anual para las imposiciones a 30 días hasta $ 30 millones (140,5% de tasa efectiva)", detalló la autoridad monetaria.

Plazo Fijo: ¿Cuánto necesitó invertir para ganar $150.000 por mes?

Con el incremento de las tasas, los plazos fijos tradicionales vuelven a situarse como una herramienta financiera útil para paliar con la inflación.

En concreto, si un ahorrista desea ganar $150.000 a 30 días de plazo a partir de hoy, deberá invertir $2.010.000. Entre capital e interese se generaría 2.160.147.

En términos anuales, si ante cada vencimiento se volviera a constituir un nuevo plazo fijo, reinvirtiendo tanto el capital como los intereses que se van cobrando, luego de 12 meses tendría $ 4.771.369 entre capital e intereses.

Plazos fijos: ¿a partir de qué monto la AFIP controla tus inversiones y gastos con la tarjeta?

A partir de mayo y por medio de la Resolución General 5348/2023, las entidades bancarias deberán informar cuando la suma total acumulada de las acreditaciones y extracciones mensuales de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social, y cuentas especiales igualen o superen los $200.000. Esto modificaría a los $90.000 que estaban estipulados hasta abril.

Además, deberán comunicar los movimientos cuando los saldos de las cuentas igualen o superen al último día hábil del mes ese monto. Lo mismo sucederá cuando se realicen depósitos a plazo fijo.

Estas mismas condiciones tendrán las billeteras virtuales que deberán informar los montos en el caso de que los ingresos o egresos totales en el período igualen o superen los $ 120.000 - en lugar de los $ 30.000 que regían hasta el momento- y cuando los saldos al último día hábil del mes igualen o superen los $ 200.000, elevándose el piso anterior de $ 90.000.

También, el régimen aplica cuando el tipo de operación, sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $400.000.