Después de una jornada frenética, la Junta Electoral Provincial (JEP) resolvió que los tucumanos no acudirán a las urnas este domingo 14, tal como estaba previsto en el cronograma en marcha. De esta manera, extendió el alcance del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante la siesta, el máximo tribunal de justicia del país había dispuesto mediante una cautelar la suspensión de los comicios sólo para la categoría de gobernador y de vice. Esto, a partir de un recurso de amparo presentado por el intendente de San Miguel de Tucumán, Germán Alfaro, mediante el que se objetó la constitucionalidad de la postulación a vicegobernador de Juan Manzur.
Según el líder del Partido de la Justicia Social (PJS), de concretarse la candidatura del actual mandatario implicaría una “reelección indefinida” y vulneraría el artículo 90 de la Constitución provincial, que establece un tope de dos mandatos consecutivos para los cargos electivos.
Sin analizar la cuestión de fondo, los ministros Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti dictaron la cautelar y de esa manera desconcertaron a la dirigencia política local.
De inmediato, comenzaron las especulaciones en el oficialismo y en la oposición. Poco después de las 17, Manzur llegó a la Legislatura para reunirse con el vicegobernador Osvaldo Jaldo, su candidato a la sucesión. En paralelo, Alfaro y Roberto Sánchez, el líder de la fórmula de Juntos por el Cambio, celebraron el fallo de la Corte y reclamaron que se cumpliera; es decir, que este domingo se votara para el resto de las categorías. Ocurre que la convocatoria a elecciones alcanza al binomio gubernamental, a los 49 legisladores, a 19 intendentes, a 184 concejales y a 93 comisionados rurales.
Esta situación de incertidumbre avivó internas dentro del oficialismo y de la oposición. En particular, porque referentes de ambos sectores se preguntaron a quién convenía que se votara ahora para las categorías habilitadas y a quién beneficiaría una suspensión total.
Así, afloraron durante la tarde las diferencias. Varios manzuristas del interior y de la capital, que aún no digieren la interna de 2021 con Osvaldo Jaldo, reclamaron por lo bajo para que se asista a votar este domingo y que Jaldo y Manzur resuelvan luego su suerte electoral. Enfrente, los jaldistas insistieron en que eso era imposible y que se debía votar todo en un mismo día.
En particular, los candidatos a intendente y los titulares de los acoples del Frente de Todos se mostraban confiados en poder ganarles a sus competidores directos de Juntos por el Cambio sin necesidad de contar con el binomio gubernamental. Argumentaron durante el día que ellos eran la fortaleza de la fórmula Jaldo-Manzur y que, por el contrario, a los postulantes legislativos y municipales de JxC los potencia el binomio Roberto Sánchez.-Germán Alfaro.
Con este razonamiento, pero a la inversa, se movieron los candidatos de la alianza opositora, quienes admitieron que necesitan de la potencia de la fórmula gubernamental para equiparar o contrarrestar el poderío en recursos y en territorio de los acoples oficialistas. Salvo por Alfaro y por Sánchez, que no veían con desagrado que se votara “desdoblado” y en un mano a mano de fórmulas gubernamentales.
Sin embargo, el pedido de los opositores no encontró eco dentro de la Junta Electoral.
Por la noche
Luego de casi cuatro horas de deliberación, Daniel Leiva (presidente) y los vocales Washington Navarro Dávila y Edmundo Jiménez resolvieron la suspensión del proceso electoral del domingo, para todas las categorías. Esto, sin perjuicio de la “validez de los actos cumplidos en el calendario electoral”.
La Junta Electoral local fue notificada del fallo de la Corte en la causa “Partido por la Justicia Social c/ Tucumán. Provincia de s/ amparo” (CSJ687/2023) poco después de ls 18.
Así, antes de las 22, emitió la resolución N° 315 en la que hizo mención a la disposición del tribunal nacional. “Esta decisión genera, dentro del Derecho Público Local, una serie de efectos jurídicos y consecuencias de hecho que impactan en el curso del proceso electoral”, remarcaron en los considerandos.
Luego, se refirieron a las normas legales que obligan a la suspensión general de los comicios. “A su turno, el artículo 43 inciso 13 de la Constitución de Tucumán prescribe que ‘toda elección deberá realizarse en un solo día, sin que las autoridades puedan suspenderla en ningún momento’”, se lee.
Además, citaron el inciso 12 de esa norma constitucional, en el que se marca que en Tucumán rige el sistema electoral de acoples, incorporado a la Carta Magna tras la reforma de 2006. “Los partidos políticos, frentes o alianzas electorales podrán celebrar acuerdos para apoyar a un único candidato a Gobernador Vicegobernador y/o Intendente de un partido político, frente político o alianza distinta, pudiendo unir la boleta diferentes categorías de candidatos con la categoría de Gobernador y Vicegobernador y/o de Intendente de otra lista distinta, sumándose la totalidad de los votos obtenidos por las listas en cada categoría. La unión en una boleta de listas distintas necesita del previo acuerdo por escrito de los respectivos partidos políticos, frentes o alianzas electorales”, remarcaron.
Luego de citar ese artículo, Leiva, Navarro Dávila y Jiménez advirtieron que la convocatoria electoral en Tucumán se rige bajo el modelo del acople, “consagrado en la Constitución y en el régimen electoral de la Provincia (Ley N° 7.876). “Ante ello, la suspensión dispuesta en la medida cautelar referida afecta inexorablemente la convocatoria a las restantes categorías. Además de ello, deviene materialmente imposible reemplazar, en tiempo oportuno, las boletas de sufragio de los distintos partidos políticos y alianzas que llevan a sus candidatos unidos a la categoría Gobernador y Vicegobernador, como resultado del régimen mencionado”, reforzaron. Y cerraron con contundencia: “como consecuencia de ello, resulta indispensable declarar la suspensión del curso de ejecución del cronograma electoral”.
De esta manera, la decisión de la Junta Electoral dejó en “pausa” el proceso electoral, hasta tanto se resuelva el pleito sobre la validez de la candidatura de Manzur en la órbita de la Corte Suprema de Justicia nacional.