Uno de los temas más importantes que rodean al trabajo de casas particulares es su alta o baja del sistema y las responsabilidades que surgen. Indistintamente de la causa, si una empleada doméstica deja de trabajar en una casa particular, su empleador tendrá que realizar el trámite de baja. De ese modo, se podrá obtener la constancia que da por finalizada la relación laboral, pagar los aportes y contribuciones del último período mensual trabajado , y generar el recibo correspondiente.

Vale recordar que en caso de despedir a la persona empleada y tiene una antigüedad menor a un año, se debe dar un preaviso de 10 días de anticipación. Si la antigüedad es mayor, el aviso debe ser con un lapso de 30 días.

En caso de que la trabajadora decida renunciar, debe comunicarlo con 10 días de anticipación. Lo aconsejable es solicitar un telegrama de renuncia.

Por otro lado, si la relación laboral finaliza por mutuo acuerdo, se recomienda que el empleador comunique el acuerdo al Ministerio de Producción y Trabajo o al Tribunal de Casas Particulares de la provincia en donde vive.

Empleadas domésticas: ¿Qué situaciones habilitan a dar la baja?

Según el artículo 46 de la ley 26.844, que regula al servicio doméstico, se prevén 10 motivos de interrupción del contrato:

- Mutuo acuerdo de las partes.

- Renuncia.

- Muerte de la trabajadora.

- Jubilación de la trabajadora.

- Muerte del empleador.

- Muerte de la persona a quien cuidaba la empleada.

- Despido sin causa o con expresión de causa.

- Denuncia del contrato de trabajo por parte de la trabajadora por un incumplimiento del empleador.

- Abandono de trabajo.

- Incapacidad permanente de la trabajadora.

AFIP: el paso a paso para dar de baja a una empleada domestica

- Contar con clave fiscal nivel 2.

- Tener a tu empleada previamente registrada en AFIP.

- Ingresar al Portal de AFIP con clave fiscal.

- En el inicio buscar la tarjeta de la trabajadora que se dará de baja e ingresar a Datos del trabajador.

- Dar de baja a la trabajadora.

- En el detalle del trabajador hacer clic en el botón gris "Baja" y el sistema mostrará la ficha completa con todos los datos que se cargaron al darla de alta. Ingresar la fecha de baja y confirmar la baja.

- imprimir la constancia de baja por duplicado y entregarle una copia firmada a la empleada.

- Al finalizar la relación laboral, además de la baja se deberán abonar los aportes del último período mensual trabajado.

- El trámite se deberá hacer dentro de los primeros diez días del mes siguiente, ya que todos los aportes se abonan siempre “a mes vencido”. En cambio, no será necesario pagar la ART porque fue abonada por mes adelantado.

- Cuando se genere el recibo de sueldo, hay que tener en cuenta que se podría estar obligado a pagar indemnización, vacaciones y/o aguinaldo.