En una audiencia a pedido del Ministerio Público Fiscal para solicitar un juicio abreviado, a raíz de un acuerdo entre las partes, por un caso de violencia de género agravado por el vínculo, la jueza María Valeria Mibelli dispuso al imputado una pena de un año y medio de condicional y una serie de reglas de conductas a cumplir. Había sido denunciado por su ex pareja por amenazas de muerte y lesiones hacia ella.

El hombre fue acusado como “autor de amenazas simples en concurso ideal con lesiones leves agravadas por el vínculo por mediar violencia de género”.

El auxiliar fiscal del MPF Álvaro Litovic, al exponer los hechos, dijo que “el 29 de noviembre aproximadamente a las 22 horas el imputado se presentó en el domicilio en el cual convivía con la víctima, ya que llevaban 15 años en pareja y tienen seis hijos en común, y comenzó a insultarla y amenazarla, diciéndole que ‘la iba a matar’, y que ‘ya iba a ver’. Acto seguido le pegó con el fierro de una pala en la zona de la cabeza, los brazos, el pecho, glúteos y piernas, causándole lesiones.

El segundo hecho sucedió el 30 de noviembre aproximadamente a las 13 horas, cuando el acusado volvió a presentarse en el domicilio, ubicado en el barrio Autopista Sur, y amenazó a la mujer diciéndole que la iba a matar y que ‘ya iba a ver lo que le sucedía si lo metía preso’”.

Tras la exposición de lo sucedido y la imputación de los cargos, el acusado reconoció haber cometido ambos hechos y confirmó estar de acuerdo con la continuación del juicio abreviado para ponerle fin al proceso sin la necesidad de llegar a una instancia de debate oral.

Las evidencias

Entre las pruebas presentadas por el fiscal Litovic se encontraban las denuncias realizadas por la víctima en la comisaría 4°, tres fotografías aportadas por la víctima en donde se pueden advertir las lesiones en los lugares coincidentes con su declaración, el examen médico legal practicado a la víctima que da cuenta que la mujer poseía lesiones en ambos brazos, pecho, rostro, glúteos, tobillos y dedos. También se presentó un informe de riesgo realizado por una psicóloga y una trabajadora social del MPF a la mujer, en donde se informa que en la relación de los implicados había un problema de consumo de cocaína por parte del imputado.

Tras mencionar las evidencias, Litovic informó que junto al abogado defensor Miguel Rocchio, y con el consentimiento de la víctima llegaron al acuerdo de pactar la pena de un año y tres meses de prisión de ejecución condicional complementada con reglas de conducta.

Atenuantes

“Entendemos que de esta manera se busca y se logra una sanción a los delitos que fueron denunciados por la víctima logrando así hacer justicia a los hechos relatados”, justificó. Y agregó: “teniendo en cuenta los atenuantes, el acusado no tiene antecedentes primarios del delito y es una persona joven de 31 años de edad, posee arraigo y tiene seis hijos en común con la víctima. La prisionalización sería inconveniente en este caso porque generaría un perjuicio indirecto hacia los menores. Esta condena junto con las reglas de conducta que deberán cumplir le permitirán mejorar su psiquis y sus relaciones interpersonales para evitar a futuro conflictos con la ley penal o con cualquier otra persona con la que se relacione”.

El abogado defensor y el representante de la víctima, Mauricio Morales, manifestaron estar de acuerdo con la pena propuesta por el MPF.

Finalmente, la jueza Mibelli,dijo que “las pruebas fueron suficientes para alcanzar el grado de certeza necesario para prescindir de la realización de un juicio oral y público y en su lugar dictar una sentencia conforme a lo acordado por las partes”. A continuación hizo lugar a la pena de prisión de ejecución condicional por el lapso de un año y tres meses con cuatro rondas diarias de control policial, complementada con reglas de conducta.

Durante dos años el acusado tendrá una prohibición de acercamiento y comunicación hacia la víctima, y deberá abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a tratamiento psicológico en materia de violencia contra la mujer; y no podrá portar o tener armas de fuego o municiones de cualquier tipo o calibre. De no cumplir con lo pautado al acusado le será revocado el beneficio de la condicionalidad de la pena. (Producción periodística: Micaela Pinna Otero)