El programa de Reparación Histórica Nacional puesto en marcha en los años 2016 y 2017 tuvo como objetivo recomponer los haberes previsionales de un gran número de jubilados y beneficiarios de pensiones por fallecimiento y ajustarles los ingresos otorgándoles aumentos que se incorporaron al haber mensual, siempre y cuando el beneficiario haya aceptado los mismos. Desde ese momento, las acciones judiciales disminuyeron y muchos juicios que estaban en trámite fueron desistidos por haber aceptado el titular el aumento o la propuesta previsional que tenían; era una de las condiciones para aumentar los ingresos: que el actor del juicio desista de la acción judicial y quien no tenía juicio en marcha, se comprometía mediante convenio con la Anses a no iniciar una acción judicial por reajuste de haberes luego de aceptar la propuesta de aumento.

Objetos de las demandas actuales

Entre los temas de mayores consultas y que luego se transforman en acciones judiciales se encuentran las acciones contra Anses por la ley de movilidad suspendida en el año 2020, que dejó a los haberes previsionales depreciados respecto del aumento que tuvieron que haber tenido y la deducción del impuesto a las ganancias (acciones contra AFIP) a la que se ven afectados algunos jubilados del sistema previsional. Respecto del Impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya se expidió declarando la inconstitucionalidad de la deducción de ganancias sobre los haberes previsionales, toda vez que ya tributaron ganancias durante toda la vida activa, por lo cual en la vida pasiva no corresponde seguir comprometiendo los haberes.

Si bien es cierto el mínimo no imponible es bastante elevado actualmente para los beneficiarios de prestaciones previsionales, a quienes más afecta es a quienes no están alcanzados por la Ley de solidaridad previsional, es decir que no tienen un tope de haber máximo en sus ingresos, como docentes universitarios, investigadores científicos, etc… Lo que se consigue con estas acciones que son dirigidas contra AFIP, es suspender la retención del impuesto a las ganancias y obtener la devolución de lo descontado de manera retroactiva al inicio del primer reclamo formal.

Juicios por movilidad previsional

Por otro lado, y respecto de los juicios por movilidad, también contamos con antecedentes, por lo cual todo jubilado y/o pensionado que haya obtenido su beneficio previsional con anterioridad al año 2020, tiene derecho a reclamar que se recomponga su haber por aplicación de los aumentos que se hubiesen obtenido en caso de no haber sido suspendida la ley de movilidad previsional vigente hasta diciembre de 2020

Rentas Vitalicias

Por último, tenemos los casos de Beneficiarios de rentas vitalicias previsionales, viudas/os o jubilados por invalidez de las ex AFJP, quienes, en diciembre de 2008, con la reforma del sistema previsional, fueron excluidos expresamente del mismo; indicando que, al tener una renta vitalicia, tenían que percibir a través de esta metodología de cobro, sus haberes de por vida.

Al año siguiente, con la sanción de la Ley de movilidad previsional, donde se estipuló una garantía de haber mínimo, estos beneficiarios, al estar excluidos, no fueron alcanzados por esta garantía legal, quedando la mayoría por debajo del haber mínimo y siendo necesario que inicien las acciones judiciales a fin de que la justicia federal obligue a la Anses a abonar el complemento para llegar al haber garantizado. El antecedente en este tema data del año 2009 a través de una sentencia de la Corte, mediante la cual se amparan todos los rentistas que actualmente inician una acción judicial.