“Los declaro padre e hija”. Con estas palabras, la jueza Mariana Rey Galindo, titular del Juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros, concedió el pedido de una joven de 20 años para ser adoptada por la pareja de su madre. La magistrada dictó la sentencia definitiva en forma oral basándose en los principios de oralidad, celeridad y concentración de plazos del nuevo Código Procesal de Familia de Tucumán (CPFT).
El caso había ingresado inicialmente en el Fuero Civil y Comercial Común, ya que la joven había presentado un pedido de cambio de apellido para reemplazar el de su padre biológico por el del hombre que ejerció como figura paterna desde que ella era una niña. Tras analizar la naturaleza de la petición, se remitió el expediente al Fuero de Familia, donde se lo reinició como trámite de adopción por integración, es decir cuando una persona adopta al hijo o hija de su cónyuge o conviviente.
Fallo inédito en Tucumán: Otorgaron licencia por paternidad a dos hombres que adoptaron a una bebéEn la audiencia participaron la joven, su madre y quien desde ese momento sería su nuevo padre. Durante el acto, la joven ratificó que quería ser adoptada y cambiar su apellido, ya que no se sentía identificada con el de su padre biológico. "Nunca tuve contacto con mi papá biológico. En cambio él siempre estuvo conmigo", dijo. El hombre, por su parte, se mostró de acuerdo con el trámite. El padre biológico estuvo convocado para una audiencia personal pero no asistió.
La joven, de hecho, prefería firmar con sus iniciales y no con el apellido de su padre biológico, y así se lo admitían tanto en su educación como en sus otras actividades sociales.
Condenaron a una ART por el accidente que sufrió un trabajadorSegún un informe oficial, el nuevo Código, vigente desde el 1° de noviembre de 2022, fue diseñado con una perspectiva de respeto de los derechos humanos, en especial de grupos vulnerables, y fue pensado para abordar y resolver las controversias y situaciones específicas que se dan en los juicios que se tramitan en el Fuero de Familia. Prioriza la oralidad, la inmediación y la concentración de actos procesales, con el fin principal de reducir los plazos de los procesos. “Se buscó la efectividad de los valores que la ley exige, como garantía del derecho de identidad de la joven, así como también el de composición de su propio proyecto de vida junto a esta persona que funciona como su padre desde temprana edad", explicó Rey Galindo.
En 2022 se dictaron casi 10 fallos penales por díaLa audiencia se llevó a cabo en el Juzgado de Monteros y, tal como sucede por ejemplo con los matrimonios, se les hizo conocer a ambos sus derechos y obligaciones, y luego la jueza los declaró “padre e hija”, por lo que la joven ya podrá comenzar a utilizar su nuevo apellido.