Diciembre es caracterizado por el pago del aguinaldo de la segunda parte del año y quienes deban liquidar al personal del servicio doméstico tienen que realizar el cálculo de los meses trabajados y considerar la fecha límite de pago establecida por Ley.

El pago del aguinaldo o Salario Anual Complementario (SAC) en un cálculo sencillo coincide con la mitad del mejor salario del semestre; no obstante, es importante considerar que en el pago se incluyen los siguientes conceptos:

- Salario básico

- Comisiones

- Viáticos sin comprobante

- Remuneraciones en especie: casa, habitación y comida

- Bonificaciones adicionales

- Propinas habituales y no prohibidas

- Bonus o bonos por objetivos cumplidos

- Salarios por enfermedad accidente profesional

- Horas extra

- Vacaciones y plus vacacional

¿Cómo se calcula el aguinaldo de las empleadas domésticas?

Para calcular el aguinaldo, es necesario tener en cuenta los incrementos de los últimos meses para conocer correctamente de cuánto es este monto. 

"El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”, indica la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.

En el caso de los empleados que no trabajaron todos los meses del año, deben recibir el proporcional a los meses en los que sí ofrecieron sus servicios.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

De acuerdo a la norma, los empleadores tienen una fecha límite para abonar el aguinaldo. “El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”, determina la norma.

Sin embargo, al caer domingo se deposita a partir del lunes 19. Además, al contar con un período de gracia, el cobro puede extenderse hasta el 23 de diciembre inclusive.