En el Gobierno dijeron hoy que “la Cámara en lo Contencioso Administrativo ha dicho en su informe”, presentado ante la Corte Suprema de Justicia local (CSJT), que “hay una sola sentencia” y no dos versiones distintas del fallo de 2018 que permitió anticipar los comicios de 2019. Ese dictamen declaró inconstitucional y nulo el artículo 43 inciso 6 de la Constitución provincial.
“Esa sentencia es la misma que consta en el expediente, en los libros de protocolo, y es la misma que se ha subido al sistema digital del Poder Judicial: el portal SAE”, indicó el fiscal de Estado, Federico José Nazur, en una entrevista con “LA GACETA Central”, el noticiero de LG Play.
Elecciones adelantadas: el alfarismo cuestionó el rol de Fiscalía de EstadoSobre la existencia de una segunda sentencia que figuraba en los registros oficiales, el funcionario remarcó que, “aparentemente, era un borrador”. “Tenía hasta espacios en blanco. Aparentemente, algún empleado de Jurisprudencia de la Corte habría tomado y colocado ese borrador en el sitio oficial”, declaró.
Nazur hizo hincapié en que “la sentencia válida es una sola”, en medio de la disputa con el Partido por la Justicia Social (PJS) por el adelantamiento de las elecciones provinciales.