Un hombre recibió una condena de 10 años y ocho meses de prisión, acusado de haber asesinado a un vecino de "La Bombilla" a disparos, en febrero pasado.
La sentencia fue dictada a través de un juicio abreviado, en el que Edgar Nicolás Menceguez fue hallado autor material y penalmente responsable del crimen de Alan Nahuel Montenegro.
Este viernes, se llevó adelante la audiencia en la que se analizó el acuerdo celebrado entre el Ministerio Público Fiscal (MPF), la defensa y los familiares de la víctima.
La Unidad Fiscal de Homicidios II, dirigida por Carlos Sale, le imputó a Menceguez (22 años) el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego.
El hecho tuvo lugar el 20 de febrero de este año, cerca de las 14, en el barrio Juan XXIII, conocido como "La Bombilla".
Un joven fue asesinado a tiros en el barrio Juan XXIIISegún se logró probar, la víctima estaba con su hermana en su vivienda, en Paso de los Andes y Bolivia, cuando Menceguez, que vive enfrente y se moviliza en silla de ruedas, lo llamó para que se acerque adonde estaba. Al acercarse, el acusado le pidió a Montenegro que le preste el arma de fuego que llevaba consigo. Una vez con el arma en su poder, le efectuó dos disparos: uno le impactó en el hombro izquierdo y el otro en el pecho. La víctima fue trasladada por sus familiares al Hospital Avellaneda, donde ingresó sin vida.
De acuerdo a lo recabado en la investigación, el móvil del crimen sería una disputa de vieja data entre ambos jóvenes.
"En mayo del 2021, los dos salieron a robar y, mientras Montenegro logró darse a la fuga, Menceguez resultó herido gravemente por un disparo que le realizó la víctima (un efectivo policial) y quedó postrado en una silla de ruedas. Él le reclamaba a Montenegro que no lo auxilió en ese momento y haya preferido escapar", señala el informe oficial del MPF.
La condena
El auxiliar de fiscal Juan Pablo Godoy relató el hecho, que fue confesado por el acusado, y enumeró las pruebas reunidas por la Fiscalía; entre ellas, la intervención en la escena del crimen por parte del equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), que levantó vainas servidas y muestras de manchas de sangre.
Las partes propusieron la pena de 10 años y ocho meses de prisión, con modalidad de arresto domiciliario bajo el control de un dispositivo electrónico.
"Esto (se acordó) debido a que (el acusado) se encuentra postrado en silla de ruedas y, según informe del Cuerpo Médico Forense e instituciones hospitalarias, así como también de Villa Urquiza, no es posible que sea alojado y cumpla la condena en la unidad penitenciaria", detalle el reporte del MPF.
Finalmente, la jueza resolvió aceptar el convenio pleno de juicio abreviado.