A partir del constante crecimiento del uso de billeteras virtuales y con el avance de la inflación, el Gobierno estableció un nuevo monto a partir del cual se obliga a las billeteras virtuales a informar las transacciones de sus usuarios y, con esto, cambió el nivel a partir del cuál los movimientos serán sometidos al análisis del fisco.
Ganancias y Bienes Personales: la AFIP extendió el plazo para presentar DDJJ y para pagarAsí, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó en $ 30.000 el monto por el cuál las empresas administradoras de billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes. Esto se da en el contexto de un esquema de optimización en la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales.
La AFIP comenzó el reintegro de dinero a los contribuyentes cumplidores: ¿cómo saber si vas a cobrar?La normativa de la AFIP se hizo oficial a través de la Resolución General 5193/2022, publicada ayer en el Boletín Oficial. La resolución, además, incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector -como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Viumi, Bimo, Moni, Personal Pay y Todo Pago, entre otras-, aunque no implica cambios para los usuarios, según informó hoy la dependencia oficial en un comunicado.
En el texto se establece en $30.000 el umbral mensual a partir del cual los proveedores de servicios de pagos informan ingresos y egresos en las cuentas.
AFIP: ¿cómo deducir el alquiler en el Impuesto a las Ganancias?Por otro lado, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea superior o igual a $90.000.
“La resolución de la AFIP incorpora nuevos requerimientos que optimizan la capacidad de control y calidad de la información sobre esos activos y amplía la capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, aseguró la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.