De acuerdo con lo determinado por la AFIP en la Resolución General 5165/2022, el plazo para que los contribuyentes ingresen sus deducciones del Impuesto a las Ganancias -correspondiente al período fiscal 2021- vencerá hoy, inclusive. El detalle de las deducciones, retenciones, percepciones, pagos a cuenta y beneficios que tendrán que ser informados por los empleados se volcará en el Formulario 572 web, para que el empleador las considere en la liquidación anual.
Ganancias: cuánto se puede deducir por cada conceptoEl trámite para cumplir con el fisco es digital. Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados mediante el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig), por medio de la presentación del Formulario web 572.
Para poder usar el servicio online, los contribuyentes deberán utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
Vence el plazo para hacer un trámite clave y aliviar el Impuesto a las GananciasLas deducciones se ingresan a través del sistema Siradig-Trabajador. Allí, se deberán indicar los datos personales y los del empleador. Una vez realizados estos pasos, habrá que cargar las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web, que al finalizar será enviado al empleador.
Los conceptos que se pueden deducir del Impuesto a las Ganancias son: cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente); remuneración del personal de casas particulares, hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la AFIP; cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social; intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación; donaciones realizadas a diferentes instituciones, los importes abonados en concepto de primas de seguro, y gastos de sepelio, entre otros.
AFIP: ¿cómo deducir el alquiler en el Impuesto a las Ganancias?Dólar ahorro: devolución del 35% por compra
La AFIP dispuso a través de la Resolución 5165/2022 extender hasta hoy el plazo para tramitar la devolución del 35% del Impuesto a las Ganancias que se paga al comprar dólar ahorro, así como aquellos gastos que se realizaron en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito. Los empleados en relación de dependencia que les retienen ganancias deberán presentar el F572 web del período 2021 para recuperar las percepciones del 35% del año pasado.