El juez Juan Francisco Pisa basó su decisión de sobreseer a Mauricio Parada Parejas en el testimonio de Marcelo Alejandro Rodríguez, único testigo citado en la segunda causa penal contra idéntico imputado que la víctima Paola Tacacho inició 77 días antes de que la fiscala Adriana Reinoso Cuello archivara la primera por descartar la existencia de delitos (se informa por separado). El 5 de junio de 2017, Pisa desechó que el testimonio del amigo de la víctima pudiese corroborar los hechos que esta había denunciado, en esencia, que Parada Parejas violaba la restricción de acercamiento vigente desde el 27 de mayo de 2016.
El juez se hizo eco de la crítica del defensor Andrés Robles, quien sostuvo que Rodríguez no había podido precisar la hora de las transgresiones. “El Ministerio Público Fiscal entiende que si bien no se cuenta con el horario preciso de acaecimiento del hecho imputado, este puede presumirse probable con el testimonio de Rodríguez. Pero considero que lo aportado por el testigo carece de entidad y de contundencia puesto que no da clara certeza respecto de si vio o no al acusado Parada Parejas merodeando en el domicilio de la víctima”, refirió.
El 1 de septiembre de 2016, Rodríguez había declarado ante la Fiscalía N°4 que dirigía Diego López Ávila que no se acordaba la fecha exacta, pero que, después de la medida de restricción de acercamiento, sí había visto a Parada Parejas mientras aguardaba a Tacacho. “Sí lo vi en la esquina de Monteagudo y San Juan (de esta capital). Siempre se para en la cerrajería que hay en la calle Monteagudo. Ella (por Tacacho) vive a la vuelta, en la San Juan. Él sabe que ella pasa los martes y jueves por ahí”, había descrito. Rodríguez insistió en que, si bien hacía rato que no encontraba a Parada Parejas y que no podía precisar cuándo había sido la última vez, sí estaba seguro de que aquel apareció luego de que le ordenaran alejarse de Tacacho.
“Considero que no existen fundamentos ni pruebas razonables que inequívocamente indiquen que Parada Parejas es autor o partícipe en la supuesta desobediencia judicial investigada. No existen evidencias contundentes que lo incriminen”, aseguró Pisa. Y añadió que los elementos recolectados que en principio permitieron vincular al acusado con las circunstancias denunciadas por Tacacho -que no cumplía la orden de alejamiento- no resultaban suficientes para elevar la causa a juicio oral: “estimo necesario hacer lugar al pedido de la defensa (sobreseer a Parada Parejas) a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario”.