La ministra de Gobierno y Justicia del Poder Ejecutivo (PE), Carolina Vargas Aignasse, fundamentó la decisión del gobernador Juan Manzur de haber aceptado la renuncia condicionada del juez penal Francisco Pisa en el marco del trámite iniciado por el magistrado para acceder a la jubilación con el beneficio del 82%, en medio de los pedidos para que el funcionario judicial fuera sometido a un proceso de destitución por su desempeño en el caso de Paola Tacacho.
"Todo acto de violencia, de violencia contra la mujer y puntualmente los femicidios nos interpelan a todos los poderes del Estado, a todas y todos los funcionarios que formamos parte, y a la sociedad en su conjunto. Este y otros hechos aberrante nos compelen a dictar normas y a formular políticas concretas para la prevención y eliminación de todo tipo de violencias. Esto nunca estará en discusión y esta vez no es la excepción", sostuvo Vargas Aignasse, en alusión al crimen de la docente salteña.
En octubre pasado, Tacacho fue asesinada a puñaladas en pleno Barrio Norte por Mauricio Parada Parejas, un ex alumno de inglés al cual había denunciado en reiteradas ocasiones por un constante acoso y hostigamiento.
Pisa intervino en una de las causas iniciadas por Paola. La familia de la joven salteña responsabiliza al magistrado por no haber dispuesto medidas privativas de la libertad en contra de Parada Parejas, quien tras el femicidio se quitó la vida.
"Con referencia a la aceptación de la renuncia del juez Pisa por parte del Ejecutivo, se ha tenido en cuenta que, cuando se rechazó las renuncias condicionadas de magistrados en casos similares, el fuero Contencioso Administrativo y la Corte Suprema de Justicia de la Provincia han declarado nulos esos decretos y han obligado al Ejecutivo a dictar nuevos actos administrativos con la aceptación de las mismas. Esto se produjo en los fallos "Piedrabuena" y "Herrera Molina" (ambos jueces del tribunal del caso "Marita Verón"), alegando la violación de derechos fundamentales de raigambre constitucional", señaló Vargas Aignasse.
La funcionaria detalló los lineamientos establecidos por la jurisprudencia. "Sostuvo la Corte Suprema en los fallos que mencioné anteriormente que cuando un magistrado cualquiera cumplió con la totalidad de los recaudos y exigencias que establecen las leyes nacionales y provinciales y la normativa específica para magistrados y funcionarios, inmediatamente adquiere el derecho de acceder a los beneficios jubilatorios; y estos derechos a la seguridad social son, en todos los casos y dada su naturaleza, irrenunciables, imprescriptible y universales", fundamentó.
"Teniendo en cuenta lo antes mencionado y los antecedentes jurisprudenciales en los fallos 'Piedrabuena' y 'Herrera Molina', que han condenado a la Provincia de Tucumán obligando al Ejecutivo a aceptar renuncias condicionadas de magistrados en casos de similares características a las del juez Pisa, es que se procedió en consecuencia y se dictó el acto administrativo correspondiente, considerando que en cualquier materia, inclusive en la laboral y la administrativa, la discrecionalidad de la administración tiene límites infranqueables; y en este caso puntual el camino estaba ya trazado en virtud de los fallos judiciales anteriormente citados", resumió la ministra Vargas Aignasse.