En un fallo con decisión unánime, la Justicia condenó a Gabriel Hernán Pérez Soto (26) a prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género en contra de su ex pareja, María Cristina Ávila (23).
Adriana Giannoni, la fiscala que instruyó en la causa, había elaborado la hipótesis de que el 9 de abril de 2018, tras una discusión, Pérez Soto había castigado a golpes a la víctima y luego de tomarla por el cuello la había arrojado del balcón, causándole la muerte con una caída de cuatro pisos. La fiscala de cámara, Estela Giffoniello, defendió con argumentos esa postura y ayer los jueces Eduardo Romero Lascano, Stella Maris Arce y Fernanda Bahler terminaron condenando al acusado.
Investigarán a testigos
Otra de los puntos de la resolución (cuyos fundamentos se conocerán en nueve días), fue hacer lugar al pedido de Enrique Andrada Barone, uno de los abogados de la familia Ávila, de investigar judicialmente al médico Rodolfo Lobo por el presunto delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Lobo, quien realizó la autopsia del cuerpo de María Cristina, habría omitido estudiar el origen de unas lesiones que la víctima tenía en el cuello.
Por esa razón, la fiscal Giannoni solicitó que se exhumara el cuerpo para realizar un estudio complementario en un importante instituto de Chaco, medida que pudo hacerse tras un año de la muerte.
Andrada Barone, durante su alegato del viernes, criticó la labor del médico y hasta sugirió que podía haber falseado su testimonio. También consideró que hubo contradicciones entre el informe y los dichos de otro perito oficial, por ello señaló violencia institucional.
El perito de parte, Oscar Alberto Terrazas, también será investigado por la Justicia, según el fallo de ayer. El testigo había sido contratado por la ex defensa del acusado para que presenciara una medida de inspección realizada en el departamento de Congreso al 800, donde ocurrió el hecho. Cuando se presentó a declarar en el juicio, la jueza Bahler lo cuestionó duramente al marcarle que se estaba contradiciendo y que sospechaba que podía estar mintiendo ante el tribunal.
Terrazas había dicho que cuando acudió al lugar casi un año después, pudo ver unas huellas sobre la baranda del balcón que los peritos oficiales sólo pudieron presenciar el día del hecho aplicando un químico. La magistrada le advirtió que podían apercibirlo si constataban un falso testimonio.
El tribunal, por otra parte, descartó la teoría que acusaba a Pérez Soto de haber contagiado intencionalmente a Ávila y a su hijo A.M.A. de VIH, con fines de dañar a la madre.
El fallo resumió: “absolver libremente de culpa y cargo a Pérez Soto del delito de contagio de enfermedad peligrosa en perjuicio de Ávila y de su hijo A.M.A.”. Los magistrados pidieron además que se vele por ese niño. Solicitaron que se investigue por qué los médicos que intervinieron en el parto de A.M.A. no hicieron una cesárea con el fin de intentar evitar su contagio del virus. Se ofició incluso al ministerio de Desarrollo Social exhortando que arbitren los medios necesarios para que se otorgue un subsidio económico y un seguimiento y asistencia médica en beneficio de A.M.A.
El presidente del tribunal, Romero Lascano, cerró el juicio con unas palabras: “ha sido un proceso difícil y triste, pensamos en el bebé, con profunda preocupación por su futuro. Esperamos que su familia lo apoye en todo lo que emprenda en el comienzo de esta vida en el cual va a necesitar todo. También evocamos a María Cristina; me queda en la mente esa imagen de esta joven con su bebé caminando de un lado para otro y me parece algo muy triste y desolador”. No se olvidó tampoco del condenado. “Señor Pérez Soto, esto es un sacudón tremendo en su vida. El código es muy estricto y esa es la penalidad que trae en estos casos”, cerró.