La Iglesia Católica acusa al presidente Alberto Fernández de haber elegido el peor momento para presentar un proyecto de ley que volverá a dividir las aguas, en un río que debe correr para el mismo lado para evitar desbordarse. Tras el anuncio del martes, de la presentación en el Congreso de los proyectos de la legalización de la Interrupción voluntaria del Embarazo (ILE) y del Programa de los 1.000 días, la Iglesia católica junto a las iglesias evangélicas avanzaron en una movilización en todo el país. La fecha elegida es el 28 de noviembre, día de los Santos Inocentes.

Apenas se conoció la noticia, obispos de todo el país comenzaron a expresar su postura en contra del aborto. Ayer la Comisión Episcopal para la Vida, los Laicos y la Familia, que preside monseñor Pedro María Laxague, convocó a sumarse a la manifestación del 28N. “Como pastores los alentamos fervientemente a participar en favor del derecho humano a la vida de toda persona garantizado en la misma Constitución Nacional”, dice el documento.

La comisión recuerda que ya el 22 de octubre pasado la Conferencia Episcopal Argentina había declarado ante el inminente tratamiento de la ILE “el inoportuno y dramático momento que vivimos los argentinos para llevar adelante esta discusión”. “Durante largos meses la pandemia evidenció y agudizó los grandes y urgentes desafíos que tenemos como sociedad y develó la inhumana pobreza que abriga la vida misma de muchos hermanos nuestros”, prosigue.  

ARZOBISPO. En 2018 pidió a los diputados que voten contra del aborto. ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE DIEGO ARÁOZ

“Ciertamente estas realidades parecen no ser suficientemente evidentes y no despiertan la necesaria sensibilidad para volcarnos con convicción, solicitud y gestos de grandeza en el verdadero cuidado y defensa de toda vida”, recrimina. “El aborto no salva vidas -enfatiza-. Lo que sí salva la vida, las dos vidas, en especial de las mujeres adolescentes y más vulnerables embarazadas, es el cuidado, contención, acompañamiento, cercanía, medios económicos, educación, prevención, presencia del Estado y de otras asociaciones civiles y religiosas enmarcadas en un concepto amplio y humano de salud pública”, asevera.

La comisión de “Vida, los Laicos y la Familia” del máximo órgano de la Iglesia Católica sostiene: “ legalizar el aborto y dar por válidas las supuestas razones que se escuchan profundizan y dificultan la necesaria amistad social. Legalizar el aborto en los términos que establece el protocolo ILE, sería la primera vez en nuestra Nación Argentina en democracia que una ley contenga la muerte de una persona para salvar a otra a excepción de lo establecido en el Código Penal Argentino. Creemos que éste no es el camino, sino la inclaudicable convicción de que, salvando las dos vidas, nos salvamos todos”.

Por su lado los obispos de Corrientes, Goya y Santo Tomé enviaron un mensaje a los legisladores nacionales de su provincia pidiéndoles que voten a favor de la vida. Algo similar había hecho en su momento monseñor Carlos Sánchez con los diputados por Tucumán.

La delegación episcopal para la Pastoral Familiar de Catamarca también se pronunció: “En todas las sociedades se prohíbe, por ley, matar a un ser humano y hacerlo acarrea consecuencias para el agresor. No se trata de un mandato religioso. Se trata de un bien personalísimo reconocido por la razón del hombre, que es aceptado como uno de los principios de convivencia”.

En Tucumán, el padre Marcelo Barrionuevo, recuerda que “esta es una Provincia Pro Vida, cuna del Niño por Nacer: en 2018 la Legislatura hizo una declaración de envergadura proclamando lo que ya nuestra Constitución Provincial señala que la vida comienza desde la concepción. Tucumán no necesita aborto, Tucumán necesita pan y trabajo, educación, salud, paz y seguridad para todos”, concluye.


Puntos principales de los proyectos

Derecho a decidir .- El artículo 2 del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo señala que las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen los siguientes derechos: a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados y prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.


Límite permitido para abortar .- “Las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional”.  


Plazo para que se cumpla el aborto.- “Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento”, señala el proyecto. Además tiene derecho a recibir esta asistencia bajo ciertas condiciones: “trato digno, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información y calidad”.

Cobertura gratuita.- La ley estipula que el sector público de a salud, las obras sociales y las prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la IVE. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el Programa Médico Obligatorio. “Con cobertura total, junto con las    prestaciones del diagnóstico, medicamentos, y terapias de apoyo”, afirma el proyecto.


Programa de los 1.000 días .-
La iniciativa apunta a la atención y cuidado de la salud integral durante el embarazo y a la primera infancia, hasta los tres años. Sus objetivos son  articulación y coordinación de organismos competentes en las políticas públicas, simplificación de trámites para el acceso a los derechos, respeto irrestricto al interés superior del niño y de la niña y del principio de autonomía progresiva, respeto a la autonomía de las mujeres y otras personas gestantes y respeto a la identidad de género.


Asignación por cuidado de salud. - Consistirá en el pago de una suma de dinero que se abonará una vez al año a las personas titulares por cada niño o niña menor de tres años de edad que se encuentren a su cargo y siempre que acrediten el cumplimiento del plan de vacunación y control sanitario.


Provisión gratuita de insumos-
El artículo 20 del proyecto de ley obliga al Estado a implementar “la provisión pública y gratuita de insumos fundamentales para las mujeres y niños y niñas hasta los tres años, tales como medicamentos, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez”.