El nuevo marco de análisis y evaluación de riesgo epidemiológico aprobado ayer por el Consejo Federal de Educación ratifica que Tucumán no está en condiciones de comenzar las clases. Ya lo había anticipado el ministro de Educación Juan Pablo Lichtmajer, antes de participar en la reunión junto a sus pares de Educación. Lo que ahora debe garantizar es lo que exige el protocolo aprobado el 2 de julio por el CFE para poder comenzar las actividades cuando la situación epidemiológica en la provincia lo permita.

El Consejo Federal aclara que la presencialidad debe ser “progresiva, parcial y escalonada”. Esto significa que habrá jurisdicciones que si bien no comiencen las clases propiamente dichas en las escuelas, podrán iniciar actividades de revinculación social, como las que se iniciarán el martes en la Ciudad de Buenos Aires.

En esta lógica, solamente volverán a las aulas aquellas jurisdicciones en las que exista un riesgo bajo o nulo. En cambio, en los distritos urbanos donde el riesgo sea medio, aunque haya circulación comunitaria, los niños, niñas y adolescentes podrán volver a la presencialidad pero con actividades no escolares, y además, de manera progresiva y en pequeños grupos (ver nota aparte). Los elegidos para regresar en forma prioritaria a la presencialidad serán, por ahora, los alumnos que finalizan un nivel, es decir, del último año de la primaria y del último de la secundaria. Así lo hará la Ciudad de Buenos Aires.

Puntos del protocolo

Pero cumplir con los indicadores epidemiológicos no será suficiente para comenzar las clases presenciales. El documento remarca que las jurisdicciones deberán garantizar nueve enunciados y condiciones sanitarias previstas en el protocolo marco. Al respecto se remarca que “el Gobierno nacional y las provincias han invertido $ 2.300 en estos meses en insumos de higiene y readecuación de infraestructura en los establecimientos educativos de todo el país, para encarar este paso”.

Los puntos del protocolo son:

1) Contar con representantes de educación en el COE local. Tucumán lo tiene.

2) Evaluar la forma de traslado que utilizarán los alumnos para asistir a los establecimientos escolares.

3) Contemplar la situación habitacional o niveles de hacinamiento de los niños, niñas y jóvenes, como también de los docentes y planificar las acciones preventivas.

4) Instruir adecuadamente al personal docente y no docente acerca de los protocolos que deben seguirse para minimizar los riesgos de transmisión durante el tiempo de permanencia en la institución. Esto debe hacerse con planificación de monitoreos permanentes.

5) Tener los procedimientos detallados sobre cómo actuar ante la aparición de un caso sospechoso y/o confirmado de covid-19 en la escuela.

6) Articular entre las carteras de salud y educación de cada localidad para la detección de casos sospechosos, procurar la realización del diagnóstico de laboratorio a fin de dar una respuesta rápida y realizar el rastreo de contactos estrechos y su monitoreo.

7) Poseer un sistema integrado de trabajo intersectorial que permita identificar y dar seguimiento a problemáticas complejas como violencia, patologías de la salud mental, trabajo infantil, dificultades de los hogares para realizar aislamientos en caso de ser necesarios, entre otras.

8) Considerar estrategias para aquellos niños y niñas con factores de riesgo que no puedan asistir de manera presencial.

9) Abordar estrategias para aquellos niños y niñas convivientes de personas con factores de riesgo.

Con relación al nuevo sistema de medición de riesgos, el ministro Trotta, resaltó que “en un contexto de enormes complejidades, se han buscado desde el comienzo los equilibrios necesarios entre el cuidado de la salud y las ventanas de oportunidad que se nos han presentado para regresar físicamente a las escuelas. Lo hemos logrado en seis provincias, siempre con el enorme esfuerzo y compromiso de toda nuestra comunidad educativa”. No obstante reconoció que se trabaja “con avances y retrocesos en una hoja de ruta que se construye de manera colectiva e integral”.

También se aclaró que la decisión de comenzar o discontinuar las actividades presenciales debe ser monitoreada con una frecuencia mínima de 15 días.