Mediante la Resolución N° 2/2020, el Comité de Operaciones de Emergencias precisó los detalles de cómo se aplica en Tucumán la ampliación de actividades y servicios que dictó la Jefatura de Gabinete de la Nación.

Actividades exceptuadas

1- Podrán realizar breves salidas en la cercanía personas con discapacidad o autismo, junto a un acompañante. Deben portar DNI de ambos y el certificado.

2- Prestaciones profesionales a personas autistas o con dispacidades. Deberán portar una copia del DNI del paciente y el certificado o la prescripción médica.

3- Actividades bancarias, crediticias y financiera sólo con atención a través de un sistema de turnos. Deberán solicitarlo según el cronograma de finalización del DNI.

4- Los operadores de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, pero podrán continuar operando en forma remota.

5- Venta de insumos informáticos y artículos de librería, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá atender al público.

6- Talleres de reparación de autos, motos y bicis, sólo para transporte público, fuerzas de seguridad salud o personal autorizado para circular.

7- Venta de repuestos, partes y piezas automotores, motos y bicis únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta, sin atención al público.

8- Fabricación, venta y reparación de neumáticos, sólo para transporte público, salud, seguridad y vehículos de personal con autorización para circular.

9- Se exige a los empleadores garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud de todos los trabajadores.

10- El Comité de Emergencia remarcó en que el desplazamiento de las personas exceptuadas deberá limitarse al estricto cumplimiento de las actividades.