La institución que representa a buena parte de los jueces y funcionarios judiciales de las provincias vetó la remodelación del régimen especial de jubilaciones de la magistratura y la diplomacia que propicia el presidente Alberto Fernández. Luego de una reunión de directivos en Corrientes, la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM) expresó su oposición total a la reforma por considerar que lesiona postulados jurídicos básicos. “(El proyecto) atenta contra la independencia judicial y otras garantías constitucionales”, afirmó ayer la entidad que preside el camarista santafesino Ariel Ariza mediante un pronunciamiento en el que negó que sus haberes activos y pasivos fuesen “privilegiados”.
“La iniciativa (enviada al Congreso de la Nación el viernes pasado) ha sido elaborada sin considerar la realidad de los poderes judiciales provinciales y sin la participación de esta institución, única legitimada para representar los intereses de los más de 15.700 funcionarios y magistrados que la componen”, dijo la FAM. Y añadió que el proyecto en discusión agravaba la ya acuciante situación de asimetría salarial entre la Justicia Federal y Nacional, y la magistratura de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), que atiende el 85 % de los procesos judiciales del país. “Nuestros sueldos y jubilaciones no son de privilegio, y no se parecen en nada a lo que se expone a la opinión pública como los ingresos de ‘la Justicia’”, manifestó la FAM.
La organización cuestionó asimismo a la propuesta de la Casa Rosada por presentar “una mirada sesgada” que desconoce que las magistradas y funcionarias, como el resto de las mujeres, se han visto sometidas a innumerables restricciones en sus carreras profesionales. “Este proyecto pretende eliminar la única compensación estructural a esa discriminación, al subir la edad jubilatoria de este colectivo a los 65 años, a diferencia del resto de las trabajadoras de nuestro país”, dijeron los directivos de la entidad, entre los que está la camarista civil tucumana Marcela Ruiz, quien se desempeña como vicepresidenta primera. Previamente, Ruiz, Ariza y el salteño Eduardo Barrionuevo se habían reunido en la capital del país con Marcela Losardo, ministra de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
“Quienes trabajamos todos los días en los Tribunales provinciales somos conscientes de la realidad económica del país. La vocación por la función pública se asienta sobre el compromiso de mejorar la vida y el bienestar de las sociedades en las que vivimos. Por esa razón, estamos siempre dispuestos a participar en todas las discusiones orientadas hacia esos objetivos”, dijo la FAM. Y agregó: “este proyecto no mejora las condiciones de vida de nuestros conciudadanos ni resuelve los problemas que denuncia. Hacemos un llamado público a los tres poderes del Estado a trabajar en la construcción de respuestas adecuadas y basadas en las realidades de todo el país que contribuyan a una salida rápida y definitiva de la grave situación económica que afecta a los argentinos”.
La FAM se sumó al coro de organizaciones civiles vinculadas la Justicia que repudiaron el recorte y el cambio de los términos de la jubilación de los magistrados y los funcionarios judiciales, que hoy gozan del beneficio del 82% móvil calculado sobre el último sueldo (ver recuadro con la explicación de los cambios promovidos). Entre otras entidades, antes se habían expedido en contra de este proyecto la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación, y la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. En forma conjunta, estas instituciones dijeron que la tarea que desempeñan jueces y fiscales era muy delicada y estaba sujeta a numerosas restricciones por la necesidad de garantizar su independencia y que afectar sus ingresos podría acarrear perjuicios graves para la sociedad.
¿Cuántos beneficiarios de las jubilaciones especiales hay?.- En la Argentina existen alrededor de 8.000 jubilados “especiales”, que perciben haberes promedio de entre $ 235.000 y $ 335.000 mensuales: entre 17 y 24 veces más que la jubilación mínima, que es de $ 14.067.
¿A quiénes se aplicarían los cambios?.-A los jueces y diplomáticos que se jubilen después de la sanción de la reforma. Hay dudas sobre qué pasaría con los que iniciaron los trámites antes de la modificación legislativa.
¿En qué consisten las modificaciones?.- 1) Aumento escalonado de la edad mínima jubilatoria hasta alcanzar los 65 años para hombres y mujeres (la escala arrancará en 60 años en 2020 e irá subiendo en forma progresiva hasta llegar a los 65 en 2025); 2) incremento de siete puntos porcentuales en el aporte jubilatorio: de esta forma, los activos aportarán el 18% de su salario; 3) aumento de los años de servicio con aportes requeridos: de los 30 años de servicio, 20 como mínimo deberán corresponder al Poder Judicial, y, de ellos, 10 continuos o 15 discontinuos han de pertenecer a uno de los cargos comprendidos por el nuevo régimen especial; 4) restricción para el acceso a estas jubilaciones: sólo podrán percibir este haber los titulares y los secretarios de las unidades jurisdiccionales, y 5) baja de la “movilidad”: el 82% pasará a ser calculado sobre los últimos 120 sueldos actualizados, y sujetos a aportes y contribuciones, y no respecto del último salario.
La letra de la reforma
¿Cuántos beneficiarios de las jubilaciones especiales hay?.- En la Argentina existen alrededor de 8.000 jubilados “especiales”, que perciben haberes promedio de entre $ 235.000 y $ 335.000 mensuales: entre 17 y 24 veces más que la jubilación mínima, que es de $ 14.067.
¿A quiénes se aplicarían los cambios?.- A los jueces y diplomáticos que se jubilen después de la sanción de la reforma. Hay dudas sobre qué pasaría con los que iniciaron los trámites antes de la modificación legislativa.
¿En qué consisten las modificaciones?.- 1) Aumento escalonado de la edad mínima jubilatoria hasta alcanzar los 65 años para hombres y mujeres (la escala arrancará en 60 años en 2020 e irá subiendo en forma progresiva hasta llegar a los 65 en 2025); 2) incremento de siete puntos porcentuales en el aporte jubilatorio: de esta forma, los activos aportarán el 18% de su salario; 3) aumento de los años de servicio con aportes requeridos: de los 30 años de servicio, 20 como mínimo deberán corresponder al Poder Judicial, y, de ellos, 10 continuos o 15 discontinuos han de pertenecer a uno de los cargos comprendidos por el nuevo régimen especial; 4) restricción para el acceso a estas jubilaciones: sólo podrán percibir este haber los titulares y los secretarios de las unidades jurisdiccionales, y 5) baja de la “movilidad”: el 82% pasará a ser calculado sobre los últimos 120 sueldos actualizados, y sujetos a aportes y contribuciones, y no respecto del último salario.