Facundo Maggio, juez de Instrucción en lo Penal N°2 de San Miguel de Tucumán, recibió dos órdenes entrelazadas entre sí: 1) recuperar en 72 horas la causa principal de la denuncia por supuesto abuso sexual con acceso carnal atribuido al senador José Alperovich y 2) desarrollar la investigación hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación defina la cuestión de la competencia. Enrique Pedicone, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción de esta provincia, dispuso que sea el Juzgado N°2 quien cumpla tales mandatos, pero su titular está de vacaciones y recién se reincorporará el lunes 3 de febrero, en función de los turnos programados por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Para evitar pérdidas de tiempo, en la Cámara de Apelaciones analizaban ayer por la tarde emitir una resolución que aclare que la decisión ha de ser cumplida por el juez a cargo del control de las pesquisas penales de la capital durante la feria de enero.
Marcelo Mendilaharzu lleva adelante la atención de las investigaciones hasta hoy. Entre el jueves y el 31 de enero, la tarea quedará en manos del juez de Instrucción en lo Penal N°1, Alejandro Tomas, siempre según la Acordada 1.578/19. En principio y si el camarista Pedicone aclara de inmediato que sus órdenes han de ser cumplidas por quien esté de turno, será Tomas el encargado de exigir la devolución del expediente a la Justicia Nacional y Criminal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El 13 de diciembre, un día después de declararse incompetente, Maggio remitió las actuaciones a su par porteño, Osvaldo Rappa (N°35), para que acumule en su despacho las denuncias que había articulado la sobrina del ex gobernador y proceda a investigarlas. Aquello aconteció antes de que quedara firme la decisión de Maggio: la defensa de Alperovich la recurrió y, en virtud de ello, intervino Pedicone y falló como lo hizo este martes.
El plazo para impugnar el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones vence en 10 días hábiles. Hipotéticamente, las partes disconformes con el pronunciamiento de Pedicone aún disponen de la posibilidad de presentar un recurso de casación para que lo revise la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Tal alternativa parece improbable por la voluntad de que la Corte de la Nación fije de manera definitiva la competencia, pero, si ocurriera, Pedicone podría rechazar la apertura de la casación y obligar a sus promotores a acudir en queja directamente ante el alto tribunal local, aunque la tramitación de ese recurso ya no suspende los efectos de la resolución.
En virtud de los plazos para impugnar y de que a la feria veraniega le quedan algo más de dos semanas, también es factible que sea el propio Maggio quien cumpla las disposiciones de Pedicone tras su reincorporación en febrero. Las 72 horas otorgadas para lograr el retorno del expediente principal remitido a la CABA son hábiles, puesto que la Cámara de Apelaciones no habilitó días y horas. Interlocutores judiciales deslizaron que Maggio había conservado copias certificadas del proceso y que ello le permitiría avanzar sin tener que esperar que Rappa le restituya la causa, pero el juez N°2 no mencionó la existencia de esos papeles el 23 de diciembre, cuando contestó a la Cámara de Apelaciones que le resultaba materialmente imposible remitirle la causa principal por haberla despachado hacia Buenos Aires.
La pesquisa de los hipotéticos actos ilícitos endilgados a Alperovich está en manos de un juez de Instrucción -y no de un fiscal, como sucede con los ciudadanos comunes- por los fueros senatoriales. El Código Procesal Penal de Tucumán vigente desde 1991 denomina a esta modalidad especial “investigación jurisdiccional.” En los casi 30 años de vigencia de ese digesto hubo escasísimos casos de investigaciones de este tipo que llegaron a juicio oral. Una excepción a esa “regla” es la causa contra el ex intendente de Tafí del Valle y legislador Jorge Yapura Astorga, cuyo requerimiento de juzgamiento firmado por el juez monterizo Mario Velázquez está en discusión desde 2018.