El juez federal Raúl Daniel Bejas rechazó la acción de amparo planteada por Próspero Marcelo Sosa, dueño del emprendimiento “Las Pirámides”, en contra de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), y en contra de la empresa de energía eléctrica (EDET). Sosa había planteado que la UNT lo hostiga y había pedido que EDET se abstuviera de efectuar cortes o restricciones en el servicio de luz en ese lugar.
Sosa y la UNT mantienen un conflicto por el predio ubicado en el km 28 de la ruta 338, entre San Javier y Villa Nougués, donde el emprendedor ha comenzado en 2009 a construir un barrio privado. La UNT dice que ese lugar está dentro del parque Sierra de San Javier, que pertenece a la casa de altos estudios. Por este terreno había denunciado a Sosa por usurpación, en 1998, y la querella terminó en 2008, cuando el juez Bejas sobreseyó al ocupante por prescripción. Consecuentemente, este adujo que no lo pueden acusar de nuevo por usurpación, expresó que él es poseedor “animus domini” de ese predio y por ello comenzó la edificación del barrio privado, que se comercializa por internet.
Cuando tomó estado público el emprendimiento, hace tres meses, la UNT conformó una comisión para analizar y resolver los problemas de tierras y patrimonio en su ámbito, y planteó una acción de amparo en la Justicia Federal en contra de Sosa, quien a su vez también pidió medidas judiciales en su favor. La UNT reclamó que se exija a Sosa cesar en las construcciones y también que la empresa EDET le corte el suministro de energía.
Parar la construcción
A comienzos de diciembre, el juez Bejas dictó una resolución ordenando a Sosa que no siga construyendo, en razón de que hay urgencia en parar estas acciones que potencialmente pueden afectar el medio ambiente. Se ordena identificar a quienes tienen casas o terrenos ahí y cesar en el desmonte. En el mismo fallo rechaza que se le corte el servicio de energía, dado que no hay urgencia en esta cuestión. Tras esta medida judicial, uno de los abogados de la UNT, Máximo Castro, afirmó que quienes viven allí deberán irse, que las casas tendrán que ser demolidas y que se deberá tratar de restituir el bosque natural.
Ahora, el juez federal ha rechazado el amparo de Sosa contra la UNT y EDET. Sosa, quien argumentó que su familia vive ahí (“una amplia extensión de tierra”, dice) desde hace 100 años (“tiempos inmemoriales”), manifestó que la UNT mantiene un constante hostigamiento hacia su persona y sus bienes, “con evidente tono persecutorio y tratando de perturbar la posesión”.
El director de Asuntos Jurídicos de la UNT, Augusto González Navarro, negó que hubiera hostigamiento, sino que “se ha cumplido con el deber legal lo de reclamar lo que considera su legítima propiedad, esto es tierras que componen el parque Sierra de San Javier, que pertenece al dominio público del Estado y se encuentra fuera del comercio”. Señala además que Sosa “no ha individualizado mínimamente la localización física, superficie, padrón, nomenclatura catastral ni ningún otro detalle que permita individualizar la ‘amplia extensión de tierra’ que dice poseer, ni ha acompañado mapa, croquis, plano, ni acreditó título alguno”. Afirma que los terrenos pertenecen al parque Sierra de San Javier y se encuentran librados al uso y goce de la comunidad, “por lo que revisten el carácter de inalienables, imprescriptibles e inembargables”.
Por su parte, el apoderado de EDET, Rodolfo Luis Martínez, dijo que la Justicia Federal es incompetente para resolver el tema del suministro de energía, toda vez que la concesión de EDET fue otorgada por la Provincia, y también niega que la firma haya iniciado actos para cortar o suprimir el servicio a Sosa. Incluso afirma que la empresa de energía es ajena al conflicto entre la UNT y Sosa, y que continuará dándole el suministro de luz (medidor comunitario) a la propiedad, porque así lo exigen las normas de prestación de servicio eléctrico.
Ni violencia, ni coacción
El juez analizó el fallo de hace pocos meses, a favor de la UNT, en la querella de Carlos Martín Medina contra la Universidad por un terreno dentro del parque Biológico en Horco Molle, “que reviste la categoría de bien de dominio público, donde resulta indubitable la prohibición del asentamiento de viviendas o construcción alguna en dicha área protegida”. “Por esa razón es que la UNT ha reclamado a fin de proteger ese derecho en que, con los actos de construcción del desarrollo inmobilario Las Pirámides se ha visto vulnerado, no habiéndose acreditado acto alguno de violencia o coacción”, dice el magistrado. Y como “no se observa una conducta de la Universidad ni de EDET sin sustento legal restrictiva de los derechos constitucionales que invoca el amparista”, en consecuencia, “corresponde rechazar la acción de amparo en contra de la UNT y de EDET”, dice el juez. En el mismo acto, indica que Sosa deberá pagar los honorarios de González Navarro ($ 17.159), de Rodolfo Luis Martínez ($17.150) y de su propio abogado, José Luis Chaván ($ 8.565).