La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción tiene en “sus manos” el destino de una causa penal emblemática: el expediente abierto en 2016 que ventila las supuestas defraudaciones y amenazas atribuidas al desarrollador inmobiliario Otto Fernando Barenbreuker (h). De ese tribunal integrado por los vocales Eudoro Albo y Enrique Pedicone depende el enjuiciamiento del empresario acusado de cometer delitos contra al menos 19 víctimas. El juicio oral ya dispone del visto bueno del juez de Instrucción en lo Penal N°1, Alejandro Tomas, quien en mayo avaló el requerimiento que había formulado la fiscala de Instrucción N°6, Adriana Reinoso Cuello. Fuentes judiciales adelantaron que la Cámara resolvería en forma inminente las objeciones articuladas contra la sentencia de Tomas.
El titular del Juzgado N°1 dijo que compartía íntegramente el criterio del Ministerio Público Fiscal: según ambos, existen pruebas abundantes para juzgar a Barenbreuker por la posible comisión de hechos ilícitos mediante los fideicomisos que constituyó con el propósito de vender unidades de futuros edificios. Estos supuestos delitos habrían perjudicado a los compradores Silvia Patricia Saracco; Mario Daniel Wajnerman; María del Milagro Lastra Lobo; Mirtha Delina Palomo; María Cecilia Rey de Unzaga; Raúl Esteban Rey; Sara Josefina Tacconi; Carlos José Agüero; Mareile Ada Hinz; Claudia Elena Isabel Alonso; Nilda Carmen Fernández; Silvia Inés Rey; María Elena Salas de Terán; César Justino Terán Molina; Sara Josefa Apino; Marcos Rolfo; Cintia Santillán; Nilda del Valle Martín y Nélida Mazza. El fallo de Tomas indica que esta última damnificada además habría sufrido intimidaciones por parte del imputado, quien eventualmente también ha de ser juzgado por este hecho.
Efectos continuados
El caso “Barenbreuker” forma parte de la serie de maniobras inmobiliarias expuestas en “Panorama Tucumano”, el ciclo televisivo de LA GACETA. Las denuncias involucraron a otros desarrolladores, entre ellos, Miguel de la Cruz Grandi. En términos generales, los ciudadanos perjudicados manifestaron, en algunos casos, que les habían entregado departamentos a medio hacer; carentes de papeles (sin “final de obra”) o con servicios irregulares, y, en otros casos, que no habían recibido los inmuebles adquiridos.
En sede judicial, Barenbreuker se opuso a ser juzgado. Dijo que no había delito y solicitó su sobreseimiento con el argumento de que había prescripto la acción penal. La defensa desplegada por el abogado Alejandro Biagosch no prosperó: el juez Tomas rechazó todas las nulidades planteadas contra la investigación que había desarrollado Reinoso Cuello. En cuanto a la prescripción, el magistrado avaló la hipótesis de que el supuesto delito endilgado “continuaba” produciendo efectos y que, por ende, no correspondía computar el plazo de extinción de la acción desde un momento determinado. Al rechazar las posiciones del acusado, Tomas advirtió que este podría reiterar sus posiciones durante el juicio oral y ante el tribunal que en definitiva resolverá el caso.
Aparente solución
La imputación formulada contra el socio gerente de la firma Barenbreuker & Asociados SRL abarca los fideicomisos inmobiliarios armados para levantar cinco edificios (San Lorenzo 788, Las Heras 242, Virgen de la Merced 302/304, Las Heras 175 y Mendoza 45). Según la resolución de Tomas, en las operaciones cuestionadas intervino la escribana María Pía Stutz. Al respecto, la fiscala Reinoso Cuello dictaminó que estaría probado que Saracco, la primera denunciante de Barenbreuker, pagó $ 800.000 en 2014 a cambio de un local comercial en el emprendimiento de San Lorenzo 788 cuya construcción nunca comenzó. El fallo añade que Lastra Lobo y Wajnerman abonaron una cuota de $ 520.000 en 2011 por un dúplex en Las Heras 242 que no estaría finalizado y cuya segunda planta figura en los planos oficiales como terraza de uso común. Palomo, Rey de Unzaga y Rey entregaron en 2012 sumas por unidades del proyecto de Virgen de la Merced 302/304, pero en el lugar existe un terreno baldío. Tacconi, Agüero, Hinz, Alonso, Fernández, Silvia Inés Rey, Terán Molina y Salas de Terán compraron departamentos en Las Heras 175, fundo en el que Barenbreuker detuvo la edificación proyectada. “Este fideicomiso tiene asimismo la particularidad de que, en muchas ocasiones, quienes invirtieron en otros proyectos fueron transferidos aquí por el imputado como para generar una impresión de que estaba dando una solución cuando, en realidad, sólo postergaba el problema”, observó Reinoso Cuello. Incumplimientos similares surgen de la investigación desarrollada respecto del fideicomiso de Mendoza 45.
Distintos testigos coincidieron en que los reclamos se intensificaron hacia 2015. Tras analizar los hechos y las pruebas, el juez Tomas concluyó: “los actos parciales deben entenderse como un todo mediante el cual el imputado, con dolo directo, se apropiaba de sumas de dinero (...). No hace falta comprobar el provecho propio sino tan sólo verificar el abuso de confianza a partir del perjuicio de intereses que, en este caso, está más que plasmado”.