1- El Régimen de Sinceramiento Fiscal nacional permite exteriorizar el capital no registrado hasta el 31 de marzo de 2017.

2- Pueden acceder personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país al 22 de julio de este año (publicación de la ley).

3- También personas jurídicas, como sociedades y fideicomisos, entre otras, constituidas al 31 de diciembre de 2015.

4- Se pueden exteriorizar bienes existentes en el país o el exterior, como tenencia y depósito de moneda nacional o extranjera.

5- Además, bienes muebles e inmuebles, acciones y participaciones en sociedades y empresas, entre otros.

6- A través del sitio oficial www.afip.gob.ar, se puede acceder a información sobre el régimen e interactuar con simuladores.