Dos hermanos del Clan Toro, tan popular en Villa 9 de Julio, fueron enjuiciados esta semana. Y los resultados del debate no fueron tan terribles como algunos esperaban: Oscar Enrique Toro salió absuelto y Ana Verónica Toro recibió una pena de tres años de prisión, aunque regresó en libertad a su casa hasta que la condena quede firme.

Eran dos las acusaciones que pesaban sobre los hermanos. Por un lado, estaban imputados por participación criminal necesaria en el delito de homicidio en grado de tentativa del que fue víctima Sergio Gustavo Andrade. Ese hecho había ocurrido en 2007, según relató Ricardo Fanlo, el abogado de los hermanos Toro. El letrado explicó que -según la acusación- en esa oportunidad se desató una pelea en la que Oscar y Ana Toro atacaron a Andrade, que luego se acercó un tercer hermano (Manuel Toro, ya fallecido) y este realizó entre tres y cinco disparos con un arma de fuego. Después la víctima estuvo un tiempo en el hospital, donde los médicos le salvaron la vida. “Aparentemente la pelea había sido por una mujer”, comentó Fanlo.

Al momento de los alegatos, la fiscala de Cámara Marta Jeréz de Rivadeneira consideró que no había elementos suficientes para efectuar una acusación seria y solicitó que se absuelva a los dos imputados por la participación en el delito de tentativa de homicidio. Y de la misma manera se pronunció Fanlo, el defensor.

Otro delito

Por otro lado, Ana Verónica Toro también estaba imputada por el delito de amenazas coactivas, que fue juzgado en el mismo debate. En este caso, la víctima era Miguel Ángel Danovis. De acuerdo a la explicación que aportó Fanlo, ese caso se gestó en 2011, cuando uno de los hijos de Ana Toro fue acusado de haber asesinado a Jonathan Luna, otro joven de Villa 9 de Julio. “Danovis era amigo de los Luna y supuestamente mi clienta los amenazó para que no testificaran en contra de su hijo. Por eso se la imputó por amenazas coactivas, porque les pedía que no hicieran algo. Resulta que unos meses después asesinaron al hijo de mi clienta, Marcos Toro. Pero esa es una causa aparte”, aclaró Fanlo.

Respecto a las amenazas coactivas, la fiscala Jeréz de Rivadeneria pidió en su alegato que Ana Toro sea condenada a tres años de prisión. Fanlo, por su parte, requirió la absolución de la mujer.

Los vocales de la Sala III, Dante Ibañez, Carlos Caramuti y Néstor Macoritto, se retiraron a deliberar la sentencia. Una hora y media después comunicaron el veredicto: “absolver libremente de culpa y cargo por falta de acusación fiscal” a los dos hermanos por participación criminal necesaria en el delito de homicidio en grado de tentativa y condenar a Ana Verónica Toro a tres años de prisión efectiva por resultar autora del delito de amenazas coactivas.

Por último, los magistrados resolvieron: “no disponer la prisión preventiva de Ana Verónica Toro atento a la falta de requisitoria fiscal en tal sentido, conforme jurispruedencia de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de Tucumán en la causa ‘Sánchez Sofía Soledad sobre homicidio agravado’”.

Los camaristas se referían al caso conocido como “Belén”, la joven condenada por haber asesinado a su hijo, donde la Corte ordenó el cese de la prisión preventiva de la mujer por no estar firme la sentencia y cuestionó que el tribunal de la Sala III la haya ordenado. La misma crítica había sido expresada por el ministro fiscal Edmundo Jiménez.