Sólo puede haber menos acoples realizando modificaciones a la ley 5.454, la orgánica de los partidos políticos provinciales. Así lo entiende la secretaría de Gobierno, que realizó un trabajo de reforma política en base al proceso “Tucumán Dialoga”.

El régimen de acople -apunta la iniciativa del Poder Ejecutivo- está previsto en la Constitución provincial, pudiendo modificarse mediante una reforma de la Carta Magna. “Sin embargo, es posible mejorar el sistema vigente disminuyendo la cantidad de partidos participantes, lo que ordenaría la oferta electoral y aumentaría la percepción de transparencia por parte del elector”, sostiene la propuesta sintetizada en un escrito denominado “Informes y propuestas, reforma política 2016”.

Números llamativos
En ese sentido, destaca que el artículo 56, inciso 3, de la norma provincial establecía que si un partido político no alcanzaba el 3% del padrón electoral en dos elecciones consecutivas, la organización caducaba. “De haberse aplicado, en los comicios de 2015 el número de acoples hubiera sido significativamente menor, ya que pasaron ese umbral del 3% sólo cinco de los 55 participantes”, destaca.

¿Por qué no sucedió? Lo explica el propio informe de la Secretaría: “con la ley 8.703, de agosto de 2014, se fijó como causal de caducidad de un partido no alcanzar el 3% del padrón en cinco elecciones sucesivas”. La legislación de modificó estirando la vida de los partidos políticos. De esta manera -indica-, habrá partidos caducos a partir de las elecciones de 2023.

Para graficarlo mejor, apunta que el año pasado 19 partidos alcanzaron una banca legislativa, pero que sólo seis pasaron el 3% de votos del padrón electoral. “El sistema tucumano es perfectible, pero la gran cantidad de partidos participantes se fundamenta principalmente en el hecho de no haber operado aún la caducidad por piso porcentual”, señala.

Destaca, además, que la atomización de la oferta genera a su vez que un bajo porcentaje de electores tenga representación en la Legislatura (ver gráfico inferior), lo cual es lo opuesto al objetivo buscado con un sistema proporcional de distribución de bancas.

En ese marco, la secretaría de Estado propone introducir varios cambios a la ley 5.454 (ver “principales....”), entre ellos, el restablecimiento del plazo de dos elecciones para evaluar el cumplimiento del piso del 3% del padrón, lo que tendría lugar recién a partir de 2023, con expresa manifestación en las cláusulas transitorias.

Principales aspectos de la iniciativa oficial
n Restablecimiento del plazo de dos elecciones para evaluar el cumplimiento del piso del 3% del padrón.
n Mayores exigencias de información pública respecto de los partidos políticos, sus autoridades y afiliados.
n Mayores exigencias respecto de las afiliaciones partidarias. Las que deberán no sólo ser reales sino mantenerse todos los años bajo apercibimiento de caducidad del partido.
n Incentivos de formación de alianzas y confederaciones entre partidos existentes para disminuir la cantidad de los mismos 
n Establecer un mínimo sistema de financiamiento público de los partidos con espacios de publicidad gratuitos.
n Obligatoriedad de mayor representatividad de los partidos, exigencias de presentar candidatos en las tres secciones para poder participar de la elección a legislador.
n Control del número mínimo de afiliados todos los años.
n Quitar a las autoridades partidarias la facultad de certificar la identidad en las fichas de afiliación.
n Creación de una Dirección de Estadísticas Electoral en el ámbito de la Junta Electoral Provincial.
n se establecen pautas de información pública relacionados con la calidad del afiliado y autoridades de cada partido.
n Se establecen requisitos y pautas de control patrimonial.
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Un trabajo de la secretaría de Gobierno indica que la atomización electoral afecta la representación legislativa
Principales aspectos de la iniciativa oficial
- Restablecimiento del plazo de dos elecciones para evaluar el cumplimiento del piso del 3% del padrón.
- Mayores exigencias de información pública respecto de los partidos políticos, sus autoridades y afiliados.
- Mayores exigencias respecto de las afiliaciones partidarias. Las que deberán no sólo ser reales sino mantenerse todos los años bajo apercibimiento de caducidad del partido.
- Incentivos de formación de alianzas y confederaciones entre partidos existentes para disminuir la cantidad de los mismos 
- Establecer un mínimo sistema de financiamiento público de los partidos con espacios de publicidad gratuitos.
- Obligatoriedad de mayor representatividad de los partidos, exigencias de presentar candidatos en las tres secciones para poder participar de la elección a legislador.
- Control del número mínimo de afiliados todos los años.
- Quitar a las autoridades partidarias la facultad de certificar la identidad en las fichas de afiliación.
- Creación de una Dirección de Estadísticas Electoral en el ámbito de la Junta Electoral Provincial.
- se establecen pautas de información pública relacionados con la calidad del afiliado y autoridades de cada partido.
- Se establecen requisitos y pautas de control patrimonial.