Mientras en la Legislatura no cesa la controversia respecto de la partida de fondos de uso discrecional llamada “ayudas sociales a personas”, en un municipio decidieron “blanquear” sus propios “gastos sociales”. Mediante una ordenanza sancionada en diciembre, el Concejo Deliberante de Bella Vista fijó el monto que percibirán el intendente, los ediles y los secretarios municipales en concepto de gastos de representación.
Además de fijar los haberes del jefe municipal, los funcionarios y los concejales, la ordenanza 13/2015 (dictada el 11 de diciembre pasado) establece que los fondos de la mencionada partida equivaldrán al 100% de esos salarios. Es decir, duplica las sumas que las autoridades percibían en blanco.
Esto provocó la reacción de los trabajadores municipales, quienes mediante un petitorio exigieron un aumento salarial del 100%. “Debe ser el único municipio en la Argentina que tomó esta actitud. Si hay plata para que se dupliquen las dietas, también tiene que haber para que hagan lo propio con los sueldos de los empleados de la Municipalidad”, aseveró el titular del Sindicato de Trabajadores Municipales de Bella Vista, Julio Parra.
La semana pasada, el Concejo Deliberante trató el petitorio del gremio, y decidió enviarlo a las comisiones para que sea analizado. “Les dimos un plazo de 30 días para que nos den una respuesta”, agregó el dirigente sindical.
“Más transparencia”
El intendente de Bella Vista, Sebastián Salazar, negó que la ordenanza estableciera una suba del 100% en las dietas de las autoridades municipales. “Los sueldos no fueron aumentados, sino solamente transparentados, según lo establece la ley. Esto quiere decir que ahora todos los importes que perciben los funcionarios y los concejales figuran en la boleta de sueldo”, afirmó.
Consideró, además, que se trata de sumas moderadas. “Son emolumentos encuadrados en la austeridad y la transparencia”, remarcó el jefe municipal.
En sus fundamentos, la ordenanza defiende la necesidad de “transparentar la remuneración real a percibir por los funcionarios”. Además, justifica el pago de ese ítem, que hasta el dictado de la norma era abonado en negro: “los funcionarios desarrollan la representación institucional del municipio en todo momento, sin distinción de días hábiles o feriados, por lo que corresponde asignar los gastos de representación por la función ejercida en los respectivos cargos”.
La ordenanza fijó los haberes de las autoridades municipales basándose en la Ley provincial N° 5.529 (Orgánica de Municipalidades): $ 12.089,58 para el intendente (es decir, el equivalente al 70% del salario de un ministro provincial), y $ 10.276,15 para secretarios y ediles (un 85% del sueldo del jefe municipal). Sumando los gastos de representación, esas cifras se duplican.