Sin tocar el expediente donde se dilucida si el oficialista Sergio Mansilla puede presentarse o no en las elecciones del domingo, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán salteó la instancia y habilitó al candidato, que es senador nacional, para que su nombre esté en el cuarto oscuro. El fallo favorable al candidato a legislador fue firmado ayer por los vocales René Goane, Antonio Estofán y Claudia Sbdar.

El alto tribunal abrió el per saltum peticionado por el Poder Ejecutivo y el propio Mansilla sólo para revisar la medida cautelar que había dictado Ebe López Piossek, presidenta de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo (en condiciones normales, dicho análisis debía tener lugar en la propia Sala III mediante un recurso de revocatoria que, en este caso, no fue deducido). Según trascendió, Goane, Estofán y Sbdar autorizaron a Mansilla a figurar en las boletas correspondientes aunque advirtieron que, en el caso de ganar las elecciones -hipótesis más que probable-, no podrá ser proclamado legislador hasta tanto quede resuelta la cuestión de fondo. En términos sencillos esto quiere decir que Mansilla será una especie de candidato “condicional”: si triunfa, sólo accederá a su banca si una sentencia definitiva y firme así se lo permite.

El fallo de la Corte indica que el trámite del juicio que inició el candidato amayista Walter Berarducci ha de proseguir en la Sala III, su sede judicial natural (el expediente nunca salió de ahí). La semana pasada, López Piossek había dictado la medida precautoria que impedía a Mansilla presentarse como candidato legislativo por tercera vez consecutiva. Berarducci y otros actores de la oposición habían acudido a la Justicia para cuestionar esta nueva postulación del senador con el argumento de que vulneraba la cláusula constitucional que prohíbe la re-reelección.

Previamente, la Junta Electoral Provincial (JEP) integrada por Antonio Gandur, presidente de la Corte; el ministro público Edmundo Jiménez y la legisladora oficialista Beatriz Bordinaro había dado su aval a Mansilla tras considerar que este estaba en condiciones de postularse por tercera vez puesto que en 2011 fue electo pero nunca asumió. La JEP aplicó esta solución pese a que, en otros tres pleitos todavía en trámite, la Sala III había implicado en forma restrictiva la prohibición de re-reelección incorporada a la Constitución en 2006 por decisión de los convencionales afines al oficialismo.

Fuentes de la Sala III indicaron este miércoles que la fiscala Elena Sangenis de Terraf dictaminó a favor de la competencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativa para intervenir en la causa “Berarducci” -antes, Alejandro Noguera, fiscal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, había dicho que la Corte era competente-. Asimismo, un tribunal de recusación integrado por los camaristas Carlos Giovanniello y Horacio Castellanos rechazaron los planteos que Mansilla había formulado para apartar del caso a López Piossek y a Rodolfo Novillo. Este último juez sustituye a Sergio Gandur, que se inhibió porque es hijo del presidente de la JEP.