Luego de ocho años de denuncias y apelaciones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que el Club Atlético Huracán deberá indemnizar al ex jugador Osvaldo Ardiles por "despido indirecto", cuando se desempeñaba como director técnico del equipo en diciembre de 2007, por falta de pago del convenio.

Fuentes judiciales indicaron a Télam esta mañana que los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda rechazaron un recurso presentado por los apoderados del club contra la sentencia de la Sala Sexta de la Cámara del Trabajo, que condenó a Huracán a pagarle a Ardiles $1.037.550,09 más intereses de siete años por la ruptura del contrato.

Ardiles, quien en 1978 se consagró campeón del mundo con la Selección Argentina, recurrió a la Justicia "en procura del cobro de la indemnización, multas y rubros salariales derivados del despido indirecto" del contrato por el cual indicó que "ingresó a trabajar a las órdenes de la demandada el 8 de septiembre de 2007, desempeñándose como Director Técnico del primer equipo profesional de fútbol".

Según se analizó en el expediente el ex futbolista firmó una prima 537.595 pesos pagadera en diez cuotas, iguales, mensuales y consecutivas, y un salario mensual de 10.210 pesos, pero ni siquiera le pagaron los dos primeros meses, lo que lo llevó a intimar a Huracán y "ante el silencio de la contraria, se consideró despedido y tuvo por disuelto el contrato".