BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que sólo los clubes o los jugadores de fútbol podrán ser beneficiarios de los derechos económicos en las transferencias. Según la Resolución 3740 publicada ayer en el Boletín Oficial, que va en sintonía con la incorporación del artículo 18bis al Reglamento sobre el Estatuto y Transferencia de la FIFA, “los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador profesional”.

De esta manera, en las negociaciones no se podrá “conceder a terceros el derecho de participar, parcial o totalmente, del traspaso de un jugador de un club a otro”. La medida dispuesta por la FIFA apunta a impedir que los derechos económicos estén en manos de los “hombres de negocios del fútbol”.

Con la normativa, los empresarios o grupos inversores, cuya presencia creció exponencialmente en el fútbol argentino en los últimos años, no podrán participar, al menos de manera visible, en las trasferencias de los futbolistas. Por ejemplo, un grupo empresario no podrá comprar la ficha de un jugador para cederlo a un club y apostar por una futura gran venta al mercado europeo.

La Resolución firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, da cuenta de que el organismo recaudador efectuará cruces informáticos con los datos de los contratos vigentes al 30 de abril de 2015, que la FIFA tenga registrados en el Sistema de Correlación de transferencias (TMS)”. (DyN)