La legislación argentina, desde la Constitución nacional a la provincial, pasando por las leyes específicas, forma un plexo legal que se constituye como uno de los sistemas más protectores del mundo, en especial en temas referidos a los derechos humanos, principalmente a la vida y a la salud. En nuestra provincia el criterio jurisprudencial es una muestra ejemplar en este sentido, con fallos que reiteran hasta el cansancio la amplitud de tales derechos y las obligaciones del Estado. Pero a lo largo del tiempo y en los más diversos gobiernos, la autoridad administrativa no se pone a la altura de las circunstancias con una actitud coherente con la legislación y la jurisprudencia señaladas. Los mecanismos (burocracia) de la administración no funcionan acordes con el extraordinario sistema mencionado, y no ponen en funcionamiento de forma inmediata y eficaz los resortes necesarios para satisfacer lo que las Constituciones, las leyes y la Justicia consagran en amparo de sus ciudadanos. Y esta situación adquiere ribetes dramáticos cuando se trata de niños enfermos que requieren de acciones inmediatas. Es de esperar que ante el vigor de nuestra legislación protectiva de los derechos de sus ciudadanos, la administración actúe en consecuencia.
A DÓNDE ACUDIR
Asesorate antes de actuar
- En la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis), 0800 333 2662 y consultas@conadis.gob.ar
- En la Legislatura Provincial (Carlos Fiori).
- En el grupo Discapacidad Dignidad, 4975483 (doctor Juan Manuel Posse).
- Junta de la Discapacidad, Alberdi 416.