Sobre el expediente judicial que involucra a la Argentina y a los fondos buitre, lo que sucedió entre el 23 al 27 de junio podría definirse como una “semana de novela”. Los acontecimientos pasaron a una velocidad inusitada para este tipo de procedimientos. Al inicio de la semana, el juez Thomas Griesa designó como special master a Daniel Pollack, para que éste conduzca y lidere la negociación de cierre entre las partes. Por su parte, el país solicitó al juez la restitución del stay para poder negociar en forma equitativa y proporcional con los fondos buitre. Estaba implícita la intención argentina de pagar los servicios de deuda con vencimiento el 30 de junio, más allá del plazo de 30 días de gracia para cancelar antes de caer en default por incumplimiento de pago.

La solicitud del Estado argentino generó una rápida respuesta por parte del fondo NML. Así, en menos de 24 horas, contestó e informó al juzgado -en un minucioso escrito- que la reinstalación de la medida suspensiva sólo agravaría la situación y ayudaría al país a incumplir la sentencia de Griesa. No obstante, en este escrito, el fondo manifestó su intención de negociar con Argentina sobre la forma de cancelación del monto establecido en la orden judicial. Inclusive, dejó en claro que si la negociación entre las partes estuviera avanzada para fines de julio, estaría dispuesto el fondo a autorizar el pago de deuda de bonos reestructurados a Argentina, para que no caiga en default. Para ello, deberá el país prestar garantía de pago al fondo. Pareciera que el fondo NML circunscribió la negociación de cierre con Argentina a la forma de cancelación del monto adeudado, que según su liquidación ascendería a U$S 1.650 millones al 30 de junio.

El jueves 26, Griesa decidió no otorgar la solicitud de stay; la consideró inapropiada. En su escrito de rechazo, manifestó que la sentencia sobre la cláusula de tratamiento igualitario (pari passu) entra en vigencia recién cuando Argentina hace cancelaciones de los bonos reestructurados, y recordó a las partes que ha designado a Pollack, ante quién también deberían consensuar cómo cancelar los pagos adeudados.

A la tarde del mismo día, Argentina tomó la decisión y notificó que en cumplimiento de las obligaciones asumidas en las reestructuraciones de 2005 y 2010, ha decidido pagar los servicios de deuda con vencimiento el 30 de junio. El pago de la Casa Rosada significó el depósito de U$$ 832 millones, de los cuales U$S 539 millones fueron depositados en cuentas del Bank of New York (BoNY) en Buenos Aires. Según las propias palabras del gobierno argentino, con este pago “la Argentina ratifica su firme e irrestricta voluntad de cumplimiento para honrar sus deudas”.

El aviso de este pago inesperado generó que los abogados del fondo presentaran pocos minutos después en el juzgado un escrito solicitando a Griesa una reunión entre las partes, ya que consideran que el pago es violatorio de la sentencia -firme- del magistrado. El fondo, además de solicitar el embargo de los fondos, notificó al agente de pago (BoNY) que proceder al envío de fondos a los bonistas, sería desacatar la orden judicial.

Por ello, el juez Griesa citó a audiencia a todas las partes, la que se llevó a cabo al mediodía del viernes. En la misma, ordenó al agente de pago devolver el dinero al país, al considerar que el pago realizado es ilegal por incumplir con su sentencia, y no debe ser realizado. Finalmente, el juez dejó clara su intención y deseo que las partes lleguen a un acuerdo.

Podemos concluir que se trató de una semana movida para las partes intervinientes, de la que se pueden obtener ciertas conclusiones. La sentencia se encuentra firme, no se restablecerá efecto suspensivo alguno, y el fondo buitre quiere el cumplimiento de la misma. El país tiene hasta el 30 de julio para negociar con los fondos buitre el cumplimiento de la sentencia, sin caer en default con los bonistas de deuda reestructurada, habría generado un paso para alejar el fantasma de la cláusula RUFO (“acreedor más favorecido”). Y que el escenario de incumplimiento y default es el peor para todas las partes.