Carlos Albaca tiene vía libre para retirarse del Poder Judicial con una jubilación potenciada por el beneficio del 82% móvil (caerá el proceso de remoción iniciado en su contra y su cargo será cubierto con intervención del Consejo Asesor de la Magistratura), pero en cualquier momento podría regresar para declarar como imputado. Sucede que al menos dos denuncias dicen que el fiscal de la II Nominación habría cometido delitos durante los siete años en los que controló la causa “Lebbos”.
La primera de esas presentaciones fue firmada por el diputado nacional José Cano en febrero de este año y recayó en la Fiscalía de Instrucción de la VIII Nominación a cargo de Adriana Gianonni. Según el opositor, la causa no tuvo trámite, aunque otra versión indica que la fiscala habría dispuesto el libramiento de oficios (ver notas relacionadas).
La segunda denuncia es de mayo y procede de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Con los votos de Antonio Gandur (presidente), Antonio Estofán y René Goane, el alto tribunal ordenó al juez de turno que abra una investigación jurisdiccional (los vocales Claudia Sbdar y Daniel Posse firmaron en disidencia). El magistrado en cuestión, Juan Francisco Pisa, pidió al Ministerio Público que requiera la pesquisa, solicitud que desencadenó la inhibición de ocho fiscales de Instrucción (Guillermo Herrera, Marta Mariana Rivadeneira, Washington Navarro, Diego López Ávila, Adriana Reinoso Cuello, Gianonni, María de las Mercedes Carrizo y Arnoldo Gustavo Suasnábar) y de la fiscala correccional Fernanda Bähler.
Segunda vuelta
Ante este panorama, el ministro Luis De Mitri ordenó a Carlos Sale, fiscal de Cámara, que cumpla el trámite. Pero el 2 de junio, Pisa declaró nulo el requerimiento; luego, Sale apeló y comenzó una nueva ronda de inhibiciones entre los fiscales que debían sostener el recurso en la segunda instancia (según fuentes judiciales, se habrían apartado del expediente Alejandro Noguera, Marta Jerez y Juana Prieto).
Finalmente, Daniel Marranzino recogió el guante, y dictaminó en contra de los actos de Sale y de Pisa. Interlocutores del Ministerio Público informaron que Marranzino dijo que la Corte no podía imponer una investigación jurisdiccional. De todos modos, la pretensión de iniciar ese procedimiento especial deviene abstracta por la jubilación del funcionario cuestionado (desaparece el impedimento fundado en privilegios constitucionales). Esto quiere decir que la denuncia volverá a la Fiscalía III -que está vacante- para que algún fiscal subrogante investigue a su ex colega en el carácter de ciudadano común y corriente.