BUENOS AIRES.- Las entidades financieras deberán informar sus operaciones de dólar futuro con contrapartes vinculadas, según lo ordenó una normativa de la autoridad monetaria referida a la posición global neta de moneda extranjera de los bancos. Así se busca evitar las maniobras que realizan los bancos para esconder dólares. La nueva obligación quedó registrada en la Comunicación A 5563, dirigida a las entidades financieras y amplía la anterior A 5536 del 4 de febrero. La normativa deja en un máximo de 10% la posición neta positiva de moneda extranjera a término -en promedio mensual de saldos diarios convertidos a pesos al tipo de cambio de referencia- de la responsabilidad patrimonial computable del mes anterior al que corresponda. Pero incorpora un párrafo destinado a sociedades vinculadas a las entidades financieras, que ahora quedan incorporadas a la normativa. “A este fin, cuando se computen -con signo negativo- operaciones de venta a término concertadas con contrapartes vinculadas a la entidad (...) también corresponderá considerar con signo positivo un importe equivalente a la suma de ellas”, indicó el BCRA. Las entidades deberán reportar, antes del 21 de marzo, las operaciones referidas a ese párrafo vigentes al 18 de marzo, con el siguiente detalle: contraparte, tipo de operación, subyacente, valor nacional, fecha de concertación y de vencimiento, mercado por el cual se operó y precio. “La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias efectuará un seguimiento específico respecto de las operaciones que se computan en la posición global neta de moneda extranjera”, advirtió el Central.

Por otro lado, el dólar paralelo cedió cinco centavos, o 0,46%, a 10,90 pesos para la venta, mientras que el oficial quedó en 7,97 pesos. (DyN)