“El código Penal es un desaguisado de penas. De acuerdo al termostato social del momento se agravaron figuras”, expresó el fiscal de Cámara Carlos Sale, al explicar que el actual sistema no es claro en cuanto al máximo de la pena de prisión.

El fiscal de Cámara manifestó que, por un lado, el artículo 13 del código Penal dice que un condenado a prisión perpetua puede gozar de libertad condicional luego de 35 años preso. “Ese parecería ser el máximo, pero por otro lado el artículo 55, donde se regula el concurso de delitos, dice que cuando se cometen varios hechos delictivos que tipifican en distintas figuras penales, se pueden sumar las penas hasta los 50 años de prisión”, afirmó Sale. Además, la reforma constitucional de 1994 introdujo los tratados internacionales, dándoles una jerarquía superior a la ley penal. “Estos instrumentos establecen como una especie de estándar que la pena máxima no puede superar los 30 años. Como hemos adherido a esos convenios, no podemos condenar a más de eso”, agregó el fiscal de Cámara.

Así, resulta evidente que debe haber una revisión de la legislación. “Hay que poner blanco sobre negro. Si nos tenemos que acoger a los estándares internacionales no podemos tener prisión perpetua. Además, hay que adecuar el alojamiento carcelario; las cárceles deben ser sanas y limpias, y eso no es Villa Urquiza. El que sale de ahí, sale con adicciones y con dificultades de convivencia”, concluyó Sale.