Sin "ayudamemoria", pero con la gimnasia del ejercicio de la docencia a su favor, la vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT), Claudia Sbdar, enumeraba con fluidez diferentes causas judiciales en las que el complejo abordaje desde la perspectiva de la violencia de género había sido aplicado, con mayor o menor éxito, por los actores del Estado. La jueza estaba culminando su discurso, en la apertura de las jornadas sobre ese tópico que empezaron ayer en la Legislatura, cuando se refirió al terrible caso de una menor bonaerense que había quedado embarazada tras ser víctima de ataques sexuales.

"Había sido violada y era discapacitada, y esa menor tuvo que transitar por distintos lugares; era un supuesto de aborto no punible, en los términos del Código Penal, y la Corte de la Provincia de Buenos Aires dispuso la orden (de que se lo practicara). Pero había resistencia, y tuvo que acudir a un aborto clandestino", detalló Sbdar ante el auditorio del tercer piso del edificio del parlamento.

Minutos después, ya en rueda de prensa, la vocal del alto tribunal tucumano fue consultada sobre el caso que había mencionado en la charla. "Las manifestaciones de violencia de género pueden ser físicas, a la dignidad, a sexualidad, económica, simbólica... Normalmente, no hay en un caso un solo tipo de violencia. Lo que se advierte en la mayoría de las veces es una combinación, y todas nos preocupan y hay que hacerse cargo", explicó Sbdar. Luego, se le preguntó si le preocupaba que los poderes locales no se hubiesen expedido respecto al aborto no punible. "Creo que cada uno tendrá su tiempo, su análisis, su evolución. Puedo hablar en relación al Poder Judicial, y creo que lo importante en esta temática es la generación de esa conciencia, es darse cuenta que se han producido cambios. Algunos han sido recogidos hasta por la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), y no podemos mirar para otro lado cuando hay un criterio adoptado por la propia CSJN. Pero cada ámbito tiene su tiempo y espacio para tomar las decisiones que le corresponde", remarcó.

Un antecedente histórico

En marzo de 2012, el alto tribunal nacional dictó sentencia en la causa de una joven de 15 años, oriunda de Chubut, que había sido víctima de abuso sexual por parte de su padre, y había quedado embarazada a raíz de los ataques. A la menor se le practicó un aborto, y la CSJN interpretó que el caso se encuadraba en los previstos como no punibles por el Código Penal.

Además, la Corte instó a las provincias a dictar protocolos para la realización de esas operaciones. A más de un año de la histórica sentencia, esta reglamentación no se dio a conocer en Tucumán.

El caso que describió Sbdar fue similar al que derivó en la intervención de la CSJN. Además, la jueza destacó conceptos generales respecto a la violencia de género, y valoró las jornadas en la Legislatura, que contarán con la participación de los tres poderes del Estado y de la UNT. "En materia legislativa hemos dado un paso muy importante en cuanto al reconocimiento de los derechos; es algo fundamental, pero no alcanza: el desafío de los tres poderes es hacer efectivos los derechos", dijo Sbdar. Y a la vez, rescató el intercambio de experiencias entre los investigadores de la UNT y los actores que intervienen en estos casos.

"El aborto se define por dar muerte a una persona"

"Al margen de las cuestiones estrictamente legales o jurídicas, el aborto no puede ser 'no punible' desde ningún punto de vista, porque hay que definirlo como dar muerte a una persona, a un ser vivo". La definición es del vicario Episcopal de la Solidaridad y Asuntos Sociales, monseñor José Melitón Chávez, quien fue consultado por LA GACETA sobre las derivaciones del debate en las jornadas sobre violencia de género realizadas en la Legislatura. 

"No hay atenuantes. Toda ley que se precie de ser justa y equitativa va a buscar el bien de la persona más débil.  Yo he trabajado con las hermanas Adoratrices, con niñas mamá, muchas de ellas violadas por sus padres. Y lo que se hace es ayudarlas a pasar por un durísimo proceso de aceptación de esa maternidad. Otras no han podido hacerlo, y terminan dando a sus chicos en adopción. Y lo que debe hacer el Estado en estos casos es dar todo de sí para poder proteger a  las madres", manifestó. 

El legislador José Páez, de la Democracia Cristiana, fustigó airadamente el planteo del aborto no punible en el marco de un debate sobre violencia de género. "El aborto mismo es violencia contra el género humano", aseveró. "Aceptar el aborto no punlible es atentar contra el principio de garantía de la vida desde la concepción, consagrado en el preámbulo de la Constitución provincial (con la reforma de 2006). No hay ninguna norma civil o penal que autorice el aborto no punible, incluido el fallo de la Corte nacional, que es inconstitucional y no tiene vigencia sino sólo para el caso en que se lo dictó. La Legislatura no puede aprobar ningún protocolo que autorice el aborto no punible, ni mucho menos el Ejecutivo puede autorizar esa práctica", advirtió el opositor.

El legislador alperovichista Guillermo Gassenbauer, organizador de las jornadas, evitó la polémica y consideró que desde el recinto no hay demasiado por hacer. "Ya está reglado en el Código Penal de la Nación; o sea que la Legislatura no tiene que abocarse a esto. Hay que hacer lo que dicen las normas madres", afirmó.