Luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que se conoció en marzo del 2012 ("Fallo FAL" s/medida autosatisfactiva", en el caso de una adolescente de 15 años que había sido abusada por su padrastro) presentamos un grupo de legisladores oficialistas un proyecto de ley el 17 de abril de 2012 para que se suspenda la aplicación de cualquier procedimiento administrativo que implique desconocer el respeto a la vida humana desde el momento de la concepción. Esto es porque entiendo que la Constitución Nacional reconoce en forma expresa el sistema de derecho que protegen al niño por nacer desde el embarazo hasta su finalización.
Además, la legislación civil reconoce los derechos del niño por nacer desde la concepción. No obstante, nuestra legislación penal prevé situaciones especiales de aborto no punible, las que dieron lugar a distinto fallos intentando conciliar las normas en pugna. Sin embargo, no es posible por vía administrativa adoptar prácticas que impliquen violentar el derecho de preservación de la vida desde su concepción, por más dolorosas que sea la situación.
Es un tema donde es fundamental la participación de todos los sectores, sin exclusión.
Además, la legislación civil reconoce los derechos del niño por nacer desde la concepción. No obstante, nuestra legislación penal prevé situaciones especiales de aborto no punible, las que dieron lugar a distinto fallos intentando conciliar las normas en pugna. Sin embargo, no es posible por vía administrativa adoptar prácticas que impliquen violentar el derecho de preservación de la vida desde su concepción, por más dolorosas que sea la situación.
Es un tema donde es fundamental la participación de todos los sectores, sin exclusión.