Para la Justicia y para el Poder Ejecutivo no hubo paz durante el Jueves Santo. Por el contrario, se trató de una jornada de pronunciamientos y de apelaciones, vinculadas en todos los casos con el proceso legislativo que lleva adelante la comisión de Juicio Político, a partir del pedido de destitución formulado por Susana Trimarco contra los tres jueces que en diciembre dictaron un fallo absolutorio a los 13 imputados del secuestro y la desaparición de su hija, María de los Ángeles Verón.

Tal como informó durante el mediodía de ayer LAGACETA.com, el vocal de la Sala II de la Cámara en lo Contenciosos Administrativo, Carlos Giovanniello, ordenó que se suspenda el trámite parlamentario en lo que respecta a Emilio Herrera Molina, quien integró el tribunal cuestionado por la madre de Marita junto con Eduardo Romero Lascano y Alberto Piedrabuena. Giovanniello, de esta manera, hizo lugar a una cautelar interpuesta por Herrera Molina, que había solicitado frenar todo proceso que pudiera derivar en su destitución luego de que, también durante esta semana, se le otorgara otra cautelar.

Como se recordará, el martes pasado, los camaristas del fuero administrativo Rodolfo Novillo y Hebe López Piossek declararon nulo el decreto por el cual el Poder Ejecutivo rechazó la renuncia que presentó en diciembre Herrera Molina, con la finalidad de acogerse a la jubilación.

En ese fallo, la Justicia le dio 72 horas corridas a la Casa de Gobierno para que dicte un nuevo decreto, ajustado a los considerandos desarrollados en la sentencia y para que, en particular, evalúe el cuadro clínico delicado del amparista. Precisamente, durante la tarde de ayer, el Poder Ejecutivo, a través de la Fiscalía de Estado, interpuso recurso de casación en contra de esta sentencia.

Según se informó oficialmente, la apelación argumenta que el fallo de Novillo y de López Piossek es "arbitrario", ya que "omite, deliberadamente y sin justificación alguna, efectuar el análisis de fundamentos conducentes a la la solución del litigio".

El Gobierno sostiene, también, que esa sentencia "prescinde de manera evidente de la facultad constitucional del Poder Ejecutivo para rechazar la renuncia de un magistrado. Y omite considerar los fundamentos esgrimidos por la defensa, que acreditan la motivación del acto administrativo cuestionado y la coyuntura jurídica al momento de realizarse el dictamen jurídico".

El escrito de Casa de Gobierno también sostiene que el pronunciamiento judicial que anula el rechazo de la renuncia de Herrera Molina "acude a fundamentaciones aparentes" y "viola el principio de congruencia y de sana crítica racional". De hecho, el Ejecutivo advierte que la sentencia le "ocasiona agravio", a la vez que la tacha de vulnerar garantías constituciones.

"El hecho de que el ordenamiento jurídico provincial careciere de una disposición reglamentaria como la prevista en el artículo 9 del Reglamento para la Justicia Nacional, no ampara al tribunal para enervar la potestad pública del Poder Ejecutivo para apreciar la procedencia, o no, de un pedido de renuncia de un magistrado judicial, cuando existe una denuncia de enjuiciamiento político en su contra", argumenta la Fiscalía de Estado, según se informó a LA GACETA.