Era 2006. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se proponía inaugurar una nueva era en los Tribunales del país. Para ello, había convocado la primera de las conferencias nacionales de jueces en Santa Fe. El territorio respondía al vocal Ricardo Lorenzetti; la presidencia del máximo tribunal, a Enrique Santiago Petracchi. Muchas ideas aparecieron durante esas jornadas. Una de ellas sobresalió por lo irritante: la de Alberto José Brito, entonces miembro de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT). El vocal tucumano alzó la voz (bien solitaria, por cierto) para pedir que la magistratura abone el impuesto a las Ganancias.

"Brito sorprendió con su propuesta durante el panel que debatió sobre ética judicial", informó LA GACETA, que había enviado una periodista a la conferencia. La nota incluye la siguiente declaración de Brito: "planteé que es necesario hacer un nuevo análisis sobre el tema del impuesto a las Ganancias en relación con los jueces a la luz de situaciones distintas y de cómo ha madurado el sistema democrático durante los últimos diez años. El tema ya no incumbe directamente a los magistrados, sino que debe ser tratado de frente a la sociedad. La posibilidad de que tributemos este impuesto impone un examen ético".

El planteo de Brito, que renunció a la magistratura en 2010 (para acogerse a la jubilación con el beneficio del 82% móvil), descolocó a más de un colega. Él era consciente del efecto que iba a producir en la platea compuesta por medio millar de jueces. "Propuse el tema en esta conferencia a sabiendas de que hay magistrados que están a favor y otros que están en contra. Pero era el lugar adecuado para trabajar la cuestión, porque esta reunión supone una revisión de la plataforma que hoy tiene la Justicia", manifestó el juez.

Matices

Miguel Ángel Caminos, entonces presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, matizó el asunto en estos términos: "no hay que sacar la cuestión del impuesto a las Ganancias del eje esencial. Los jueces pagamos todos los impuestos, y la discusión no es sobre si hay que abonar o no este tributo y si esto es o no inconstitucional. Lo que se define con ello es el principio de la intangibilidad (de las remuneraciones judiciales), porque se puede pagar Ganancias sin que las remuneraciones del juez sufra una baja", advirtió.

Caminos pretendía un sistema capaz de conjugar ambos elementos: la intangibilidad y la tributación. "El sueldo actual no puede ser rebajado. Si uno afecta la inamovilidad del juez y la intangibilidad de su salario, resquebraja la garantía de su independencia. Esta ha sido la discusión permanente", recordó. Rodolfo Vigo, entonces vocal de la Corte Suprema de Santa Fe y experto en ética judicial, sumó su voz al debate: "sobre el tema no hay un pronunciamiento ético, aunque sí una definición judicial de inconstitucionalidad por acordada de la Corte Suprema de la Nación".

La cuestión regresó a la agenda nacional durante la semana pasada, de la mano de un proyecto de ley del diputado nacional por Salta, Pablo Kosiner (Frente para la Victoria) -tiene el aval de los ultra K Carlos Kunkel y Diana Conti-. La iniciativa prevé que tanto los magistrados -jueces y fiscales- como los funcionarios judiciales paguen el gravamen. La idea está enmarcada en el llamado a "democratizar la Justicia" de la presidenta Cristina Fernández y en la tensión entre el oficialismo y la CSJN por la judicialización de la Ley de Medios que promovió el grupo Clarín.

El proyecto de Kosiner obtuvo el visto bueno de Eugenio Zaffaroni, vocal de la CSJN. El ministro precisó, sin embargo, que la quita de un 25 o 30% de la retribución de los magistrados podía ocasionar un problema gremial. No siempre los jueces estuvieron exentos de abonar este gravamen. En 1936, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió, por primera vez, que esta carga tributaria -o similares- resultaba violatoria de la Constitución, porque imponía una contribución sobre el sueldo de los magistrados. El salario de estos goza del principio de intangibilidad, sobre la base de que eso garantizaría la independencia del Poder Judicial por sobre los otros poderes del Estado. En 1996, el Congreso nacional sancionó la ley 24.631, por la que se derogaban las exenciones en tributos a los jueces. La Corte "menemista" determinó la inaplicabilidad de esta ley. Arguyeron que pretendían resguardar la independencia de la Justicia.