Una sala que trae malos recuerdos al alperovichismo resolverá el recurso de amparo presentado por el juez Emilio Andrés Herrera Molina contra la decisión del gobernador, José Alperovich, de rechazar su renuncia al cargo.
Los camaristas Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello, que conforman la sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, recibieron ayer el planteo del magistrado. Esta sala, por ejemplo, falló contra artículos de la reforma constitucional de 2006 impulsados por el oficialismo, y concedió un recurso de amparo que había interpuesto el abogado Carlos López, concursante del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) seis veces rechazado por el mandatario.
Cronología
El juez Herrera Molina integró, junto a Alberto Piedrabuena y Eduardo Romero Lascano, el tribunal que el 11 de diciembre pasado dejó en libertad a los 13 imputados por el secuestro y promoción a la prostitución de María de los Ángeles Verón.
Desde ese día, los vocales de la sala II de la Cámara Penal quedaron en el ojo de la tormenta. Herrera Molina presentó ante el Poder Ejecutivo su renuncia condicionada al cargo para adherirse a la jubilación. Pero esa dimisión fue rechazada por el gobernador. Ayer, con el patrocinio del abogado Arnaldo Ahumada, recurrió esa disposición del PE.
En los fundamentos, el juez reclamó la suspensión del decreto N° 127/14, firmado el viernes 1 de este mes, mediante el que se rechazó su dimisión. Además, adujo que padece una grave afección y que, desoyendo el consejo médico, no obstante prosiguió en el tribunal del caso Verón para no entorpecer la "eficacia de la labor judicial".
Herrera Molina también acudió a términos como "linchamiento público" para graficar el proceso de destitución, vía Jury de Enjuiciamiento, al que será seguramente sometido junto a sus pares de la sala II. Incluso, deslizó severas críticas hacia el gobernador Alperovich, aunque sin mencionarlo.
"La única persona que tuvo en sus manos los medios institucionales, políticos, materiales y efectivos para dilucidar la triste desaparición de Marita Verón, y que contó con el poder absoluto del Estado durante todos los años en que se podía mover cielo y tierra para esclarecer los hechos, recolectar pruebas e individualizar a los culpables, pretende transferir su exclusiva y excluyente responsabilidad e impericia a quienes por mandato constitucional les está impuesto la preservación de la presunción de inocencia y la condena basada únicamente sobre pruebas claras y concluyentes. ¿A qué profundidad del lodazal es capaz el ser humano de hundirse cuando el poder hegemónico e incontrolado le suprime el discernimiento y se siente legitimado para actuar de modo ilegítimo y malicioso?", arremetió el magistrado en el escrito presentado ayer.
Derecho conculcado
El camarista sostuvo en su planteo que el gobernador no puede restringirle el derecho a la jubilación ordinaria.
"Este derecho, que reviste la calidad de irrenunciable e imprescriptible, no se encuentra ni puede encontrarse sujeto a la voluntad de un tercero ni a una pretendida discrecionalidad omnímoda unilateral. Resulta claro que el acto administrativo impugnado deviene nulo de nulidad absoluta por adolecer de los vicios de la falsa causa, desviación de poder y manifiesta inconstitucionalidad", denunció.
Herrera Molina también dedico unos párrafos a la actuación de la comisión legislativa de Juicio Político. Este órgano parlamentario, con mayoría alperovichista, recibió la ratificación de la denuncia de Susana Trimarco contra los jueces y les corrió traslado de inmediato para que efectúen su descargo.
El juez aseguró que el poder político los convirtió en "chivos expiatorios" para "diluir las verdaderas responsabilidades y proteger a los reales responsables del desenlace inocuo de la causa penal, a lo que se subió rápidamente la comisión de Juicio Político en esa olvidable tarde del 4 de febrero". Ese día, le corrieron traslado de la acusación.