Están convencidos de que los jueces habían resuelto la absolución de los 13 imputados varios meses antes de que se diera a conocer la sentencia. El juicio oral por la desaparición de María de los Ángeles "Marita" Verón comenzó el 8 de febrero del año pasado, y el veredicto se leyó el 11 de diciembre. Esa fecha, según los cinco abogados que representaron a Susana Trimarco durante el debate, no fue casual.

"Sabían que si la sentencia se dictaba en agosto se incendiaba tribunales. Por eso estiraron los plazos hasta fin de año, pensando que en enero se moría todo", manifestó el abogado José D'Antona. Ayer a la mañana, los querellantes presentaron el recurso de casación a la sentencia, pidiendo que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán condene a las personas que estaban acusadas.

"No es necesario que anulen el juicio. Pueden condenar sin necesidad de que se realice un nuevo debate. Hay jurisprudencia en este sentido de la Cámara de Casación Penal, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos", dijo Carlos Varela Alvarez.

Un largo camino

"Hacer un nuevo juicio trae muchos inconvenientes. Los testigos son personas que declararon hace 10 años, se las volvería a revictimizar y no sabemos si volverán a declarar, luego de lo que pasó en este juicio", agregó.

La sentencia absolutoria, según el letrado, les deja un largo camino a recorrer, ya que llegarán hasta Corte Suprema de Justicia de la Nación. "Consideramos que existe la posibilidad jurídica de una condena con las pruebas que existen, que no consideró el tribunal. Esta sentencia produce una violencia de género; es una sentencia que discrimina", expresó el letrado.

Entre otros fundamentos, los abogados de Trimarco consideraron que los jueces Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano construyeron argumentos falsos para dictar la absolución. "Dicen que no se investigó nunca la pista del médico que atendió a Marita en la Maternidad. Sin embargo, en la causa "paradero..." (pendiente de resolución) que estaba a disposición del tribunal, se estableció su situación procesal. También confunden la declaración de las testigos que vieron a Marita en La Rioja", describió Varela Alvarez.

"Hay errores de copiar y pegar. Cuando lees los fundamentos, hay momentos en que se pierde el hilo porque están mal copiadas y pegadas las actas. Es una sentencia para mostrar en la facultad, y para la trata de personas es un punto de inflexión", consideró D'Antona.

La abogada María Rosa Ponce, por su parte, dijo que el fallo absolutorio alienta el consumo de la prostitución y potencia las redes de trata. "Los efectos colaterales de este fallo son inconmensurables. La trata es un delito muy difícil de ser denunciado, por las características de la víctima y del denunciado. Con fallos así, ¿quién va a denunciar?"

Protegidas

La fundación "María de los Ángeles", que preside Trimarco, pidió que las víctimas que declararon en el juicio sean integradas al programa de protección de testigos, explicó una de las abogadas de la institución, María Belén Lembo.

"Esta sentencia va contra el género. Tiene dos piedras importantes. Se sienta sobre la discriminación y es machista y de clase. La mirada del tribunal es absolutamente rara porque quiere testigos impolutos. Considera que si son denunciantes, son parciales. Y la mayoría de estas mujeres son testigos víctimas. O sea, no son el tercero que no tiene nada que ver con los hechos. La persona que fue sometida a las mismas condiciones que Marita, obviamente que no puede ser objetiva y no tener sentimientos encontrados con los acusados", dijo Varela Alvarez.

Los querellantes creen que los jueces nunca quisieron creer que las testigos sufrieron un estrés postraumático, a consecuencia de su historia personal. "Nunca creyeron lo que significa haber sido sometida, esclavizada, violada; lo que significa sentarse ante tres personas desconocidas y contarles lo que les ha pasado, y que a sus espaldas estén los violadores. Esas ocho mujeres fueron mucho más valientes que esos tres jueces", agregó.

Pero además resultó contradictorio, según la querella, que hayan utilizado las declaraciones de las víctimas para aseverar que en La Rioja había una red de trata de personas, pero que no les creyeran que vieron a Marita en los prostíbulos de Irma Lidia Medina. "La manipulación de los testimonios de las chicas es muy clara. En el fallo parecen abogados defensores. En el juicio vimos cosas increíbles que dejaron pasar por alto. Hubo evidentes falsos testimonios, una testigo que mostró un papel escrito por Daniela Milhein donde le decía cómo debía declarar, y amenazas. La sentencia no habla de eso", manifestó Carlos Garmendia.

"Si las declaraciones de estas ocho mujeres prueban la trata de personas, debieron haberles creído que vieron a Marita. No hay una lógica", afirmaron los cinco letrados.

 Cómo sigue el proceso

El plazo para presentar los recursos de casación vence el viernes. Ese día presentarían su impugnación los fiscales de Cámara Carlos Sale y Manuel López Rougés, quienes pedirán la condena de los 13 absueltos.

El reclamo de un Jury de Enjuiciamiento contra los jueces corre por otra vía (la comisión de juicio político de la Legislatura). "Nuestro rol se terminó con la ratificación de la denuncia. Ya no tenemos injerencia", dijo Carlos Garmendia.

El tribunal, una vez que se venza el plazo para la presentación de los recursos, tiene tres días hábiles para dictaminar si es admisible o no. Hay rumores de que podrían excusarse los jueces, alegando violencia moral.

Si los camaristas declaran inadmisibles los recursos de casación (al considerar que no se cumplen los requisitos de forma que exige la ley), los impugnantes pueden presentar un recurso de Queja ante la Corte Suprema de Tucumán.

Si los recursos son admitidos, el expediente se elevará a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, y notificará a todas las partes. Los abogados pueden presentar una memoria sobre el recurso dentro de los 10 días de notificado.

El plazo de la Corte para dictar sentencia, según el Código, es de 90 días. Hay casos en los que el plazo no se cumplió. Sin embargo, por la repercusión del caso, se estima que podrían resolver antes de vencido el mismo.