"Durante el ‘Operativo Independencia’ en la provincia de Tucumán se implementó un estado de excepción (estado de sitio de hecho) en el que se desconocieron los derechos fundamentales de las personas y se suspendieron en forma absoluta sus garantías, en el marco de un proceso de desapoderamiento de las autoridades políticas-civiles que culminó con el golpe de estado del 24 de marzo de 1976”. Así lo determina la resolución sobre el proceso judicial sobre el “Operativo Independencia”, firmado por el juez federal N° 1, Daniel Bejas.
El magistrado dispuso el procesamiento y prisión preventiva de medio centenar de personas, entre civiles y militares, por violaciones a los derechos humanos durante el operativo militar que se desarrolló a partir de 1975 en Tucumán. En el proceso se investigaron 269 casos, en los que se describen las vejaciones a las que fueron sometidas las víctimas.
Entre los aspectos más relevantes del expediente, el magistrado no hizo lugar a la citación para que preste declaración indagatoria de la ex presidenta María Estela Martínez de Perón, pero sí dispuso el procesamiento con prisión preventiva del ex presidente de facto Jorge Rafael Videla, de Carlos Idelfonso Delia Larocca, de Mario Benjamín Menéndez, de Jorge Omar Lazarte, de Roberto Heriberto Albornoz, de Ernesto Nicolás Chávez, de Jorge Gerónimo Capitán, de Alfredo Alberto Svendsen, de Ricardo Oscar Sánchez, de Luis Armando de Cándido, de Ramón César Jodar, de Miguel Angel Moreno, de José Luis del Valle Figueroa, de Pedro Roberto Rojas, de Pedro Adolfo López y de Enrique José del Pino. Dispuso el levantamiento de la detención domiciliaria dispuestas respecto de Luis Rolando Ocaranza, Walter Edgardo Saborido, José María Menéndez y Miguel Angel Carrasco.
Bejas declaró que “los delitos de violación de domicilio, privación ilegítima de libertad con apremios y vejaciones, torturas, torturas seguidas de muerte, abuso sexual, violación sexual y homicidio cometidos en el marco del Operativo Independencia, se habrían perpetrado en el contexto de un ataque sistemático desde el Estado contra una parte substancial del grupo nacional argentino (obreros, jornaleros, sindicalistas, y grupos de personas involucradas con la lucha social con y sin pertenencia política partidaria) a los que se habría identificado como ‘enemigos’ del plan económico y político que definía la ‘nueva argentinidad’, por lo que se considera configurado el contexto del delito internacional de genocidio”.
Además, el magistrado recomendó al Ministerio Público Fiscal amplíe la investigación con relación a la condición social y/o actividades que desarrollaban las víctimas al momento de los hechos (casos de obreros del surco y/o rurales), y a la presunta lesión de los derechos económicos, sociales y culturales en razón de haber sido desplazados de su actividad económica habitual y haber sido perseguidos en razón de la misma, así como las repercusiones de tal situación para la provincia de Tucumán (desarrollo industrial y rural), todo ello a la luz de los derechos fundamentales vigentes al momento de los hechos, cláusula de progreso y de bienestar general.
En esta megacausa se investigan los hechos producidos durante el “Operativo Independencia”, desde febrero de 1975 hasta marzo de 1976, período de gestión de Acdel Vilas y en el de Antonio Bussi.
El 19 de octubre de este año (ver aquí la nota completa), el juez Bejas dispuso una veintena de detenciones y citaciones a indagatorias, entre ellas el arresto de Mario Benjamín Menéndez. Al requerir la instrucción, el Ministerio Público Fiscal había definido al "Operativo Independencia" como la primera intervención masiva de las fuerzas armadas en un plan sistemático de "exterminio de opositores" mediante la utilización del aparato estatal y de "control social a través del terror". LA GACETA©