BUENOS AIRES.- Las personas que viajen al exterior solamente podrán comprar, a partir del lunes, las divisas correspondientes al país de destino. Así se estableció a través de la Resolución General 3356 de la AFIP que, con la firma de su titular, Ricardo Echegaray, fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

La norma establece que para la autorización de compra de divisas para turismo se deberá contar además con la validación de los datos del adquirente por parte de la empresa de transporte que va a utilizar para viajar o el operador turístico interviniente. También se estipula que las entidades financieras autorizadas para operar en el mercado cambiario deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el importe total en pesos de cada operación cambiaria que realicen.

"Las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán, para su validación, que los datos declarados por el potencial adquirente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o, en su caso, por el operador turístico interviniente", se especifica. 

En caso de de que no se autorice una operación de compra de divisas, "el adquirente podrá presentar ante la dependencia de la AFIP en la cual se encuentre inscripto" o en su defecto "ante aquella correspondiente a la jurisdicción de su domicilio, una nota exponiendo los motivos" de su disconformidad "acompañando la documentación que respalde su presentación".

Si se compran divisas para viajes que luego no fueran realizados, se establecen sanciones para el adquirente que podrían llegar a la suspensión o cancelación de la inscripción ante la AFIP.

La Resolución establece que las entidades autorizadas por el Banco Central a operar en cambios tendrán que "registrar, mediante el sistema informático establecido el importe total en pesos de cada una de las operaciones cambiarias". Las entidades deberán utilizar para el intercambio de información con la AFIP un servicio web, cuyas especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el sitio del organismo, el servicio denominado "Consulta de Operaciones Cambiarias".  (DYN)