BUENOS AIRES.- La Justicia habilitó dos demandas por presuntas calumnias e injurias que habían sido publicadas en la red social Facebook, se informó hoy en los Tribunales. La Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional resolvió hacer lugar a las apelaciones de los querellantes y revocó dos fallos que habían declarado inadmisibles las presentaciones por cuestiones formales.

Si bien se dieron a conocer escasos detalles del caso, se trata de sendas presentaciones por injurias y por calumnias ("NN s/injurias" y "G.SRL y otros s/art. 109 CP"), respectivamente, según constan en las resoluciones publicadas por el Centro de Información Judicial (CIJ), donde las querellas aluden haber sido víctimas de ofensas mediante el portal de contactos.

En Facebook, el sitio web de redes sociales creado por Mark Zuckerberg en 2004, participan unos 500 millones de usuarios de todo el mundo. Según las presentaciones judiciales, a través de la página se habría incurrido en una violación de la ley castigada por el Código Penal. En los casos que llegaron a los Tribunales, la Justicia de primera instancia desestimó las presentaciones por cuestiones formales o por considerarlas inadmisibles.

Argumentos
En uno de los casos, el juez entendió que los querellantes ni siquiera habían podido acreditar la dirección de la empresa demandada. Sin embargo, hoy, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó esa decisión y dio curso a la causa judicial.

Al respecto, se sostuvo que "la falta de conocimiento del domicilio del querellado no conduce a la inadmisibilidad si se lo desconoce, sino", en todo caso, "a la paralización del trámite del proceso". Los jueces Alberto Seijas, Carlos Alberto González y Julio Marcelo Lucini subrayaron que el propio demandante había pedido como medidas preliminares acciones para obtener datos, como el domicilio de la empresa aludida.

En la otra presentación, la Sala IV señaló que de las impresiones de los sitios web, certificados por escribano, surgían claramente los términos utilizados y la fecha en la que habrían sido publicados los comentarios considerados injuriantes. "Discrepamos (con el juez de instrucción) en cuanto sostuvo que el presentante omitió expresar cómo se ha visto afectado su honor, pues se dio cuenta de tal extremo", señaló el Tribunal.

El tribunal también detalló que el afectado había hecho una denuncia ante el Defensor del Pueblo de la Nación, pero aclaró que esa situación no puede ser "un obstáculo para la admisibilidad", tal como se dijo en primera instancia. "El querellante demostró que, no obstante las gestiones llevadas a cabo para acceder a la misma (en la Defensoría), se vio imposibilitado de hacerlo", se expresó. (DyN)