Cada uno de los tres principales condenados en el marco del juicio que se realizó por presunto enriquecimiento ilícito y malversación de caudales en Tafí del Valle recibió una condena de prisión efectiva. Pero como además la investigación se centró en el uso de fondos públicos, los jueces decidieron imponerles una pena, y además decomisar el dinero que se habría originado a partir de esas maniobras. Es por eso que el ex intendente de la villa turística, Jorge Manuel Yapura Astorga, su ex pareja, Nerina Mustafá, y el hijo de ambos, deberán pagar, cada uno, una cifra millonaria una vez que el fallo quede firme.

Durante las audiencias, Patricia Ladetto, una contadora designada por la Corte Suprema de Justicia para colaborar con el juez de Instrucción Mario Velázquez, que llevó adelante la investigación jurisdiccional, afirmó que los tres conformaban “un grupo económico familiar”.

La causa se inició tras una denuncia que presentaron dos hombres, Sebastián Luna y Daniel Arnedo, quienes afirmaron que Yapura Astorga, durante los años de su primera gestión al frente del municipio, entre 2011 y 2015, había hecho compras en forma directa en el comercio Floppy III, propiedad de Mustafá y que su patrimonio había registrado un enriquecimiento injustificado. Al respecto, cuando declaró, Ladetto aseguró que “todas las contrataciones con Floppy III fueron una violación a la ley. Había desdoblamiento de facturas. No se establecían las cantidades que se compraba. Se decía sólo el precio”, Y luego afirmó: “Hay algo que surgió claramente de los informes: el patrimonio tanto de Manuel, como de Nerina y de Jorge tuvo un incremento no justificado desde 2011 a 2014”.

Además de los tres principales acusados, a pedido de los fiscales Daniel Marranzino, Gerardo Arch y Rafael Heredia Carreño, fueron condenados los ex funcionarios tafinistos Julio Mercado, entonces contador general de la Municipalidad, (1,6 año de cumplimiento condicional más inhabilitación para ejercer cargos públicos por tres años); Sergio Andrés Astorga Lagoria (1,6 año de prisión más inhabilitación para ejercer cargos públicos por tres años), Sonia Saavedra, ex secretaria de Gobierno (un año de prisión de cumplimiento condicional más dos de inhabilitación); y Juan Ramón Silva, ex jefe de compras, (10 meses de prisión y 1,8 años de inhabilitación), todos por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Olayo Medina, entonces tesorero general, fue absuelto de todos los cargos.

Compras autorizadas

A lo largo del debate ninguno de los imputados negó que se hubieran realizado las compras en forma directa de la municipalidad a Floppy III. Pero afirmaron que las normas se lo permitían, y que además habían sido autorizadas por el Concejo Deliberante en pleno. “En el negocio Floppy III se compraban cosas mínimas, las grandes se compraban en otros comercios”, dijo el ex intendente tras ser condenado. A la hora de los alegatos, el defensor Macario Santamarina afirmó: “El patrimonio está justificado. No hay daño al erario público. No hay enriquecimiento patrimonial. Podemos discutir las formas de contratación, pero no hay daño al erario”. Y agregó: “La ley lo autorizaba como intendente hasta cierto monto para hacer compras directas. Pasa en cualquier administración. Todo lo que se hizo en la gestión de Yapura se hace actualmente. Y repito, no hay delito. El patrimonio de mis defendidos está perfectamente justificado. No hay ninguna norma expresa que impida que él pueda contratar con su concubina. Insisto, la ley los autorizaba a hacer compras directas”.

¿Puede el ex intendente Yapura Astorga ir a la cárcel?

Sin embargo, los jueces opinaron distinto. Y por eso condenaron a Manuel Yapura Astorga a cinco años y tres meses de prisión efectiva; a Narina Mustafá a cuatro años de prisión efectiva y al hijo de ambos, Jorge Eduardo Yapura Astorga a tres años de prisión condicional. Pero además hicieron foco en la cuestión económica. Y por eso condenaron al ex intendente y a su ex pareja a pagar una multa del 50% de la suma de $ 751.000 (equivalente al monto del incremento no justificado desde el 7 de noviembre de 2011 al mes de octubre de 2015, que deberá ser actualizado conforme al índice de Precios al Consumidor una vez que la sentencia quede firme). ¿Cuánto representa esto hoy? Según los índices de inflación, (acumulada hasta octubre de este año da un 27.444,43%), por lo que cada uno debería pagar poco más de 24 millones de pesos. Pero, además, los jueces ordenaron el decomiso, para cada uno, de 751.000 pesos, que deberá ser actualizado y pagado de manera solidaria entre los tres. Esto ascendería, para cada uno, a 16.067.548 pesos. En consecuencia, Manuel Yapura Astorga y Nerina Mustafá deberían pagar, cada uno, poco más de 40 millones de pesos, y su hijo, poco más de 16 millones. Igualmente todo esto se concretará siempre y cuando la sentencia quede firme, para lo cual aún deben expedirse la Cámara de Apelaciones y la Corte, ya que los defensores recurrirán el fallo una vez que se conozcan los fundamentos el 4 de diciembre.