La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un límite claro sobre el dinero que se puede manejar en billeteras virtuales sin necesidad de declarar los fondos. A través de la Resolución General N° 4614/2019, el organismo busca mejorar la fiscalización de estas operaciones y garantizar la transparencia en plataformas como Mercado Pago y Ualá.
Para evitar que la AFIP te investigue: ¿hasta cuánto dinero podés tener en una billetera virtual?Las normativas de AFIP
El auge del uso de billeteras digitales para pagos y transacciones impulsó a la AFIP a regular estos montos con el fin de evitar el uso de fondos no declarados. De acuerdo con la normativa, los usuarios pueden transferir hasta $400.000 en un plazo de 30 días sin tener que justificar el origen del dinero. Además, no se permite tener más de $700.000 en estas cuentas sin declarar la procedencia de los fondos.
En caso de que las billeteras virtuales contengan montos en moneda extranjera o criptomonedas, la AFIP estipula que debe realizarse una conversión a pesos utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación al cierre del último día hábil del mes correspondiente.
Ganancias: la AFIP oficializó la prórroga del vencimiento de la primera cuota del impuesto¿Qué puede pasar si no justifico los fondos a la AFIP?
Si se exceden estos límites, la AFIP puede tomar medidas contra el contribuyente, que van desde la retención de fondos, la aplicación de multas de hasta el 30% del monto no declarado, reclamos de impuestos, hasta investigaciones fiscales. Además, estas irregularidades pueden impactar negativamente en el historial crediticio, lo que podría dificultar el acceso a créditos y otras operaciones financieras en el futuro.
Es importante destacar que tanto las billeteras virtuales como los bancos están obligados a informar a la AFIP cuando las operaciones superen estos montos. Asimismo, los límites establecidos se actualizan cada seis meses, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.