Durante el embarazo, uno de los principales temas que analizan y debaten los padres es cómo se llamará si es niño o niña. La mayoría de las parejas suelen elegir nombres originales, de ídolos, de familiares o, como en el particular caso de algunos argentinos, de cosas extravagantes. 

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El capítulo 4 del Código Civil argentino regula los aspectos vinculados al nombre de las personas nacidas en el país. Así, estipula que corresponde a los padres –o a las personas que ellos autoricen- la elección del nombre de sus hijos, y determina que no pueden inscribirse más de tres nombres, apellidos como nombres, primeros nombres idénticos a los de los hermanos vivos ni tampoco nombres extravagantes.

Pero, ¿a qué se refiere con “extravagante”? Desde el punto de vista del nombre de una persona, extravagante no remite a poco común o raro, sino a un nombre que por sus características pueda afectar a la persona que lo porta en su vida diaria.

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Según consigna el diario Clarín, en 2018, por ejemplo, en el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se rechazó el nombre Nada para una niña y, en 2019, Satanás, para un bebé.

En tanto, en 2020 y 2021 algunos de los nombres no aceptados en CABA fueron: Robocop, La Bombonera, Estadio Libertadores de América, Esteban Quito, Osama Bin Laden, Nutella y Lucifer.

Desde el Registro Civil no puede plantearse una negación expresa, aunque ante determinadas iniciativas de los padres, los funcionarios se encargan de hablar con ellos y hacerles entender las razones por las cuales su elección es vetada.